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Campaña de inspección en 80 promociones de venta de viviendas

El Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha una campaña de control e inspección sobre la compraventa de vivienda nueva que tendrá como objetivo inspeccionar 80 promociones diferentes de la capital durante los meses de junio, julio y agosto. La iniciativa, que ha sido diseñada por el Departamento de Ordenación para el Consumo de la Concejalía de Economía, será llevada a la práctica por ocho inspectores de consumo.

Con esta campaña, el Ayuntamiento se propone que los empresarios del sector faciliten a los consumidores toda la información, documentación y garantías que vienen recogidas en la legislación aplicable a la compraventa y el arrendamiento de viviendas y que cumplan todas las exigencias técnicas y administrativas en materia de edificación.

La Concejalía de Economía, que preside Miguel Angel Villanueva, recuerda que la legislación establece que "la oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de viviendas se hará de manera que no induzca ni pueda inducir a error a sus destinatarios, de modo tal que afecte a su comportamiento económico".

Entre la información que se debe suministrar al consumidor destaca la identificación del titular de la actividad, la descripción de la vivienda, del edificio, de zonas comunes y de servicios accesorios, el detalle de los materiales empleados en la construcción, el precio total de la vivienda y la forma de pago.

Cuando se trate de promociones de vivienda para su venta, a estos requisitos han de sumarse la copia de las licencias y autorizaciones administrativas preceptivas, los estatutos y normas de funcionamiento de la comunidad de propietarios y la advertencia sobre el derecho del comprador a la elección del notario, entre otra documentación.

Por lo que se refiere al precio, la información debe estar especialmente detallada y es obligatorio tener a disposición del público una "nota explicativa" que debe contener el precio total de la venta, impuestos incluidos; la forma de pago; si se prevén aplazamientos en este capítulo, el interés aplicable; y los medios aceptados para satisfacer este importe.

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