Efecto colateral
La posible incidencia en un mismo tipo de operaciones de dos tributos, como son el IVA y el concepto de Transmisiones Patrimoniales del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, representa un riesgo evidente. La Administración puede considerar inadecuado el impuesto por el que se haya liquidado y proceder a liquidar otro diferente.
Las consecuencias son, en principio, fácilmente imaginables, determinando además para el contribuyente la necesidad de recuperar el importe en su momento ingresado, por medio del procedimiento de devolución de ingresos indebidos.
Cabe destacar un posible efecto derivado del derecho a devolución en ingresos indebidos. Según el Tribunal Económico-Administrativo Central ese derecho representa un derecho de crédito, y por ello el importe a recuperar no puede considerarse gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades, y ello aunque no mediase ningún acto administrativo que declarase la sujeción al procedente impuesto con su correspondiente liquidación, en cuanto que ello no condiciona la naturaleza del pago.
La Administración puede considerar inadecuado el impuesto por el que se haya liquidado y proceder a liquidar otro diferente
Partiendo de este planteamiento se produce una situación peculiar cuando el impuesto liquidado se ha incorporado como mayor valor de adquisición de un bien amortizable, como es el caso del concepto Transmisiones Patrimoniales, y hubiese transcurrido ya el plazo de prescripción del derecho a la devolución del impuesto indebidamente ingresado, pues supone negar la deducibilidad de la amortización del bien de que se trate en la parte que corresponda con el impuesto satisfecho, siendo así que el mismo se confirma como gasto contable al no poder ya recuperarlo el contribuyente.
Esto último parece muy riguroso, pues la norma contable considera que los impuestos indirectos se incluirán en el precio de adquisición cuando no sean directamente recuperables de la Hacienda, lo que evidentemente tiene lugar cuando no puede solicitarse la devolución el impuesto indebidamente liquidado por haber prescrito el derecho a ello, aunque dicha condición de irrecuperable sea sobrevenida y no originaria.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
Sheinbaum reitera su postura sobre Venezuela y dice que no tiene que afectar a la relación con Estados Unidos
Kristin Cabot, la mujer de la ‘kisscam’ de Coldplay con el CEO de Astronomer, rompe su silencio sobre el vídeo viral que “destruyó” su vida
El Gobierno acusa al alcalde de Badalona de “dejación de funciones” en la acogida de los migrantes del B9
José Manuel Salazar-Xirinachs: “El impacto en el comercio mundial de la nueva política arancelaria va a ser más fuerte en 2026”
Lo más visto
- La población de pumas de la Patagonia se dispara gracias a una presa inesperada: los pingüinos
- El Supremo ordena al ex fiscal general el pago de la multa y la indemnización a la pareja de Ayuso que le impuso al condenarle
- Carlos Alcaraz y Ferrero rompen tras siete años: “Llegan tiempos de cambio para los dos”
- Sánchez, contra la Comisión Europea: “Es un error histórico” el paso atrás con los coches de combustión
- Los hijos de Isak Andic negocian un acuerdo para pagar 27 millones a la pareja del empresario y cerrar el conflicto por el legado




























































