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El TC levanta la suspensión de algunas funciones de las oficinas exteriores catalanas

El Tribunal Constitucional (TC) notificó ayer una resolución que levanta parte de la suspensión de un decreto de la Generalitat, de junio de 2003, que regula la actividad de las oficinas catalanas en el exterior. Impugnados por el Gobierno central dos de sus preceptos, el TC los dejó automáticamente en suspenso y ahora ha levantado parte de la suspensión y mantiene el resto.

El precepto cuya suspensión se ha levantado establece que la oficina catalana en el exterior "coordinará" la Red de Información y Selección Laboral en origen "y las diferentes delegaciones vinculadas a organismos que dependen de la Generalitat, que existan en el territorio donde esté ubicada". La Abogacía del Estado argumentó que tal actividad incidía "en la política de inmigración del Estado". El TC considera que no se ha aportado "justificación suficiente de los perjuicios del levantamiento de la suspensión".

Muy diferente es la decisión tomada respecto al otro precepto impugnado, que atribuye a las oficinas catalanas el "fomento de las relaciones del Gobierno de la Generalitat con las instituciones y con los órganos de gobierno del país donde se establezca la oficina, con la finalidad de canalizar las posibles vías de colaboración". El TC mantiene su suspensión, dada la "indeterminación y amplitud" del precepto, "susceptible de producir confusión" sobre la representación del Reino de España. El magistrado Eugenio Gay discrepa de la mayoría.

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