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El fiscal recurre la concesión de segundo grado a un preso que violó y mató a una niña de 9 años

El Poder Judicial avala la medida tras 12 años de cárcel, y la madre de la violada critica a la juez

El País

La fiscalía de Ciudad Real recurrió ayer la decisión de una juez de vigilancia penitenciaria de conceder el segundo grado penitenciario a Juan Manuel Valentín Tejero, condenado a 50 años de prisión por la violación y muerte de la niña de nueve años Olga Sangrador aprovechando un permiso penitenciario. La medida, tras 12 años de cárcel del condenado, fue considerada ayer "coherente" por el portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Enrique López. En cambio, la madre de la violada reprochó a la juez que no vele por las "futuras víctimas" del asesino de su hija.

Carlos Alba, teniente fiscal de Ciudad Real y fiscal jefe en funciones declaró ayer a la agencia Efe que el recurso se ha planteado "teniendo en cuenta la gravedad del delito cometido", el "perfil personal" del recluso y "el comportamiento del reo en el centro penitenciario" de Herrera de la Mancha (Ciudad Real).

La fiscalía manchega discrepa del cambio de clasificación penitenciaria concedido por la juez de vigilancia de Ciudad Real, que considera "no acertada", ya que en la nueva situación, Valentín Tejero podría obtener permisos de fin de semana y otras ventajas de las que Alba no considera "merecedor" al recluso.

El recurso se ha interpuesto ante la juez que ha concedido el segundo grado penitenciario y, en el caso de que no prospere, se elevará a la Audiencia Provincial de Ciudad Real. Valentín Tejero fue condenado en 1993 por la Audiencia de Valladolid a 50 años de cárcel por el rapto, asesinato y violación de Sangrador cuando disfrutaba de un permiso penitenciario mientras cumplía condena por tres delitos de abusos sexuales.

López, portavoz del CGPJ, consideró la medida "coherente", tras haber cumplido el interno 12 años de cárcel, y trató de emitir un mensaje de tranquilidad, para lo que explicó que la concesión del segundo grado penitenciario "no significa que el recluso pueda gozar de permisos todos los fines de semana".

"Absoluta normalidad"

El portavoz del órgano de gobierno de los jueces avaló una resolución judicial tomada "con absoluta normalidad", como se hace habitualmente con otros presos, "incluso de ETA", si bien en esta ocasión se opuso la Junta de Tratamiento de la prisión. López recordó que la mayoría de los presos que cumplen el mismo periodo de condena que Valentín Tejero son clasificados en segundo grado.

En declaraciones recogidas por Europa Press, López añadió que la reciente reforma del Código Penal y de la Ley General Penitenciaria dificulta el paso al tercer grado (de semilibertad), ya que además de haber cumplido tres cuartas partes del total de la pena impuesta, se exige que el condenado satisfaga la indemnización a que fue condenado y muestre arrepentimiento.

Encarnación Caballo, madre de Sangrador, la niña violada por Valentín Tejero, calificó de "moderna" a la juez que ha concedido el segundo grado al recluso y le reprochó que no vele por "sus futuras víctimas". Caballo manifestó a Efe en Valladolid su creencia en que el condenado "a lo mejor llegaba a suicidarse dentro de la cárcel" y añadió: "Ahora ya no puedo luchar por la vida de mi hija; ahora lucho por la de los demás". Puntualizó que "ésta debe ser también la misión de los jueces".

Por su parte, la asociación Clara Campoamor elaboraba ayer un recurso, en nombre de la familia de Sangrador, contra la concesión del segundo grado a su violador y bajo el lema de que "el Estado no debe volverse a equivocar".

Individualización de la pena

Francisco Racionero, magistrado experto en la materia, tras ejercer cinco años como juez de vigilancia Penitenciaria de Madrid, precisó a este periódico: "No comprendo la alarma, tras 12 años de cumplimiento de pena de cárcel. Me da la sensación de que no se entiende el sistema penitenciario español, que se basa en la individualización científica de la pena, y en la progresión de grado cuando se cumplen los requisitos exigidos, como parece haber ocurrido".

Racionero negó que para el tercer grado se exija el arrepentimiento de los reclusos, requisito que sólo se aplica a los condenados por terrorismo o crimen organizado, según explicó.

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