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Reportaje:

El curioso caso del florista y sus tres amantes

El juez absuelve de injurias y malos tratos a un hombre y a las mujeres con las que se relacionaba

Ésta es una historia de celos y amantes que podía haber acabado mal, pero que tiene un final feliz. Se trata de un caso propio de una comedia italiana de la década de 1970 en la que nadie fue herido y nadie ha sido condenado. Y eso que se daban todos los ingredientes para que ocurriera lo contrario. Es el caso de un hombre que mantenía relaciones con tres mujeres a la vez y que acabaron en los juzgados cruzándose denuncias por injurias, amenazas y daños a causa de los celos. El juez les ha absuelto a todos porque cree que los hechos no tienen mayor importancia y porque entiende que cada uno tiene derecho a acostarse con quien quiera.

La sentencia no explica demasiados detalles, pero en el juicio sí quedó claro que el origen del caso arranca del pasado verano, cuando dos mujeres que rondaban los 60 años descubrieron que tenían un mismo amante. Se trataba de un florista, que además era masajista y que aprovechando éstas y otras virtudes logró seducir a las señoras que reclamaban sus servicios. Una de ellas, la más temperamental, de nombre María Teresa, lo encajó muy mal cuando supo que compartía el amante con otra mujer, Rosario A., peluquera de profesión.

Por ese motivo, la llamó por teléfono a la peluquería en diversas ocasiones y le dijo de todo, pero la dueña nunca llegó a saberlo porque las llamadas siempre las atendían otras personas. Al menos eso es lo que dice el juez. A la vista de esas desavenencias, Jaime, el amante, decidió darse una tregua, hasta que María Teresa habló con Rosario y ambas acordaron compartirlo.

La primera, de 57 años, acudió entonces a la floristería el pasado 2 de spetiembre a transmitir el acuerdo al hombre y fue entonces cuando ocurrió lo inesperado.

El amante no sólo lo compartían dos mujeres, sino tres. María Teresa lo pilló metido en harina con Ángeles y entonces se armó la marimorena. Le dijo de todo y el florista replicó que les dejase en paz, pero como no había manera, la acabó echando de la casa. Se chillaron unos a otros y acabaron denunciándose por agresión, pero nada de importancia, dice el juez.

"El rol de las compartidas"

Pero si el caso es singular, no lo es menos cómo lo explica el juez Adolfo Fernández Oubiña. Explica la sentencia que María Teresa "mantenía episódicas pero muy reiteradas relaciones sexuales con Jaime, masajista y florista". Añade el magistrado que a la mujer "no importaba compartir tal dedicación con Rosario", pero que cuando descubrió que había una tercera, "le produjo un total rechazo al no estar la mujer en el rol de las compartidas".

Fruto de ese rechazo, añade la sentencia, la mujer intentó sacar a la otra de la cama, a lo que se opuso el florista, que, a su vez, "intentó expulsarla de la habitación". Como la mujer se negó, "se vio obligado a echarla tirándole del brazo derecho" y le produjo una tendiditis. También una contusión en la muñeca y otras secuelas, pero el parte médico advertía que en tres días estaría sanada.

El juez cree que el hombre debe ser absuelto "habida cuenta de que parece un derecho mínimo de legítima defensa el expulsar a un extraño de la habitación donde una pareja hace el amor, tanto para guardar esa intimidad que es propia del acto, como para oponerse al allanamiento de morada, cualquiera que sea el grado de amistad o de relaciones de otro tipo que unan a denunciante y allanante". El juez añade que, dada la relación de amantes, no se puede acusar y condenar a la mujer de allanamiento de morada, aunque precisa que el florista no tenía por qué "soportar la invasión" de su domicilio. Y como eso ocurrió, es lógico, según el juez, "el empleo de una fuerza bastante como para lograr la recuperación del derecho a la intimidad del ofendido".

Ventilado este aspecto en el juicio, la sentencia también explica que tampoco puede condenar a la mujer por insultar a la otra amante por teléfono. Se trata, según el juez, de "conversaciones telefónicas que se dicen habidas entre una desconocida y alguna de los testigos clientes del establecimiento, sin que conste de manera fehaciente que la primera se identificara, sobre todo al saber que hablaba con una extraña". También alude el juez a la "absoluta falta de peligrosidad" del insulto y que "no llega a conocimiento de aquélla a la que se quiere insultar, más que a través de un círculo de personas que desconocen quién es la autora".

La sentencia también absuelve a María Teresa de un delito de daños supuestamente cometido al romper los faros de la furgoneta del amante el día que descubrió que había una tercera. Sólo un testigo, menor de edad, dijo haber visto lo ocurrido, pero no pudo identificar a la persona que lo hizo, ni tampoco con qué objeto. Y en esas circunstancias, "la absolución ha de ser la misma", razona el juez.

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