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La huelga virtual, una hipótesis

El reciente conflicto de los controladores aéreos y el planteamiento de CC OO de Cataluña en su debate precongresual (la recuperación de la idea de la autorregulación de la huelga) me han sugerido una serie de reflexiones en torno al ejercicio del conflicto social en los servicios públicos. Las ideas que siguen son solamente una posibilidad que no pretende archivar el tradicional ejercicio de la huelga, sino apuntar un escenario que podría estudiarse: se trata de la huelga virtual. Lo expondré someramente.

El ejercicio del conflicto social en los servicios públicos tiene una especial característica: en él no sólo se ven afectados los asalariados y el dador de trabajo, sino también los ciudadanos en su condición de usuarios. Hay que decir que todavía el sindicalismo no ha resuelto convenientemente los (enormes) problemas que tales situaciones acarrean y que, en no pocos momentos, provocan un amplio clima de enemistad hacia los convocantes de la huelga. Esto es lo que, en parte, pretende resolver el método de la autorregulación de la huelga, según ha indicado desde hace muchos años CC OO de Cataluña. Pero, con ser un paso adelante, no acabaría de solucionar el litigio entre los huelguistas y la ciudadanía. De ahí que me parezca más conveniente elaborar una nueva praxis del (moderno) ejercicio del conflicto social. Sin embargo, para darle mayor apoyo teórico, quiero hacer las siguientes reflexiones sobre qué está pasando en la actualidad con las huelgas en algunos sectores: primero, las empresas de transportes públicos ahorran salarios, el uso de los medios y los gastos en combustible, y una parte de las subvenciones que reciben; segundo, los ciudadanos acaban maldiciendo a los huelguistas y restándoles soporte solidario; tercero, el daño que se hace a la contraparte es enjugado por las antedichas ventajas y deviene sólo un daño simbólico. Yendo por lo derecho, en tales condiciones los huelguistas se pegan una patada en sus propias espinillas. Mejor sería, pues, ensayar una nueva práctica: la huelga virtual.

En determinado sector público se está en puertas de un conflicto social. El sindicalismo convoca la huelga virtual, que consiste en que los trabajadores (que no cesan en su actividad laboral) renuncian a cobrar el salario que les corresponda y ceden ese dinero a un fondo, y la empresa ingresa el doble (o el triple) que los huelguistas. El montante global sería cogestionado por la representación de los trabajadores y la empresa, y orientado a asuntos de utilidad pública. Todo lo cual debería estar reglamentado convenientemente por ambas partes. Las ventajas de esta propuesta son: a) la empresa recibe una presión superior (y no simbólica) a la de la huelga tradicional; b) la ciudadanía no está sometida a rehén por unas negociaciones en las que no participa, aunque se ve involucrada en ello; c) sindicatos y usuarios podrían, de este modo, establecer una relación de fecunda colaboración con esta forma de hacer las cosas.Naturalmente, no se trata de una alternativa que impugne el derecho al tradicional ejercicio del conflicto. Es, simplemente, un estilo que podría tenerse en cuenta y que, con sus convenientes experiencias piloto, podría adquirir de facto carta de naturaleza. En todo caso es conveniente que los sujetos sociales elaboren una praxis nueva sobre el ejercicio de la presión reivindicativa mucho más acorde con las actuales sociedades complejas. Porque aquí no se discute la validez del conflicto, sino de qué manera se hace, de qué forma adquiere más consistencia, cómo provoca más adhesiones al tiempo que elimina bolsas de hostilidad de quienes están en medio, los usuarios, sin comerlo ni beberlo. La huelga virtual podría ser, en ese sentido, una buena señal de un avanzado proyecto de autorreforma del sindicalismo confederal que, al tiempo de defender sus intereses, choca lo menos posible con el inmenso conjunto de la ciudadanía.

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