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Una vocal del Tribunal de Cuentas discrepa de la absolución a Manzano

La oposición municipal considera que el organismo fiscalizador ha perdido "credibilidad"

Ana María Pérez Tórtola, presidenta de la sala del Tribunal de Cuentas que ha absuelto al ex alcalde de Madrid José María Álvarez del Manzano de uso indebido de fondos públicos, ha formulado un voto particular en el que discrepa de sus dos compañeros. Pérez Tórtola, consejera a propuesta del PSOE, afirma que existe legislación para condenar a Manzano por su infracción presupuestaria. El fallo sostiene que no hay una normativa específica por la que se pudiera condenar al ex regidor por haber gastado 103.776 euros (17,2 millones de pesetas) en donativos a entidades religiosas, regalos y viajes privados. Esta sentencia fue aprobada por dos de sus tres vocales (los propuestos por el PP).

El Tribunal de Cuentas ha revocado la sentencia de este mismo organismo, que condenó el 10 de abril de 2003 al ex regidor Álvarez del Manzano por uso privado de fondos públicos. Esta nueva decisión -que fue anticipada el pasado sábado por EL PAÍS- contó con los votos a favor de Antonio de la Rosa Alemany y Javier Medina Guijarro, ambos propuestos por el PP, y el voto en contra de Pérez Tórtola, propuesta por el PSOE.

En los 16 folios que conforman su voto discrepante, Pérez Tórtola sostiene que el ex alcalde cometió una infracción presupuestaria y negligencia al gastarse 103.766 euros en donativos, regalos a personas de su confianza y viajes privados. El alcalde dispuso desde 1991 de una cuenta restringida de 42.689 euros anuales (7,1 millones de pesetas). Sólo rindió cuentas del uso de esa cuenta cuando este periódico destapó sus gastos, en febrero de 2000.

La defensa de Álvarez del Manzano argumenta que los regalos hechos por el ex regidor a personas de su confianza, los viajes de su esposa, María Eulalia Miró, el pequeño sueldo que pagaba a la costurera de ésta y los desplazamientos a bodas y actos privados son gastos de representación, protocolarios o de tipo benéfico-social.

La sentencia sostiene que como no existe una norma presupuestaria o contable que regule ese tipo de gastos, el ex alcalde no cometió ninguna ilegalidad. Por contra, la vocal Pérez Tórtola considera que Manzano sí cometió una infracción y que, además, existe una normativa que regula los gastos protocolarios o de tipo benéfico-social. Pérez Tórtola va desde el Código Civil hasta la Constitución para discrepar de la sentencia.

Según la magistrada, ninguno de los gastos de Álvarez Manzano entra dentro de lo que la orden ministerial de 20 de septiembre de 1989 establece como tales, es decir, "gastos para fines religiosos, ayudas a organizaciones cívicas, medios de comunicación, sindicatos o partidos políticos". Según esta orden, el gasto protocolario es aquel originado por la celebración y desarrollo de actos de relevancia social o que se derivan de las funciones ejercidas por el cargo público.

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La sentencia asegura que, al estar sometidos los gastos del ex alcalde a la discrecionalidad de la autoridad, existe dificultad para saber si hay culpa en el gestor. Pérez Tórtola recuerda que la sentencia cita una circular de 1966 para llegar a la conclusión de que no era necesaria la justificación de los fondos asignados en concepto de atenciones protocolarias. Pero, según la magistrada, esta circular, además de estar sin vigor, sólo se refería a la gestión de fondos reservados por parte de la Administración del Estado, y en ningún caso puede utilizarse en el ámbito local.

Para desmontar este argumento, Pérez Tórtola recurre a la Constitución, y señala que ésta prohíbe la arbitrariedad de los poderes públicos. "Debe señalarse que nos hallamos ante un gasto público, y que como tal está sujeto al control jurisdiccional de los actos de las administraciones públicas", afirma la magistrada.

"Irregular gestión"

Pérez Tórtola recuerda que la anterior sentencia del Tribunal de Cuentas, de 10 de abril de 2003, señala que los "donativos, pagos en especie, regalos, etcétera, no responden a ningún interés público, sino más propiamente a la mera liberalidad, e incluso a caridad personal, y bajo ningún concepto pueden ser asumidos por los fondos municipales". A esto añade el informe del interventor de la Corporación, que aseguraba que la mayoría de los pagos se habían efectuado a personas afines al alcalde. "Esto lleva a concluir que ha habido una irregular gestión de fondos públicos".

La sentencia del Tribunal de Cuentas indignó el pasado sábado a los grupos de la oposición (PSOE e IU). Las argumentaciones de la vocal Pérez Tórtola abundan más en su estupor. La portavoz socialista en el Ayuntamiento, Trinidad Jiménez, declara: "El tribunal ha perdido toda credibilidad. La prueba está en los argumentos de Pérez Tórtola, que demuestran que sí existe normativa para condenar a Manzano". La portavoz de IU, Inés Sabanés, señaló que "es inquietante la intención del PP por crear un marco de discrecionalidad que sirva para absolver al ex alcalde. Además, las consideraciones de la vocal Pérez Tórtola ponen de manifiesto que el Tribunal de Cuentas es un desastre".

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