El TSJ declara nula la variante de La Vila Joiosa de Fomento por carencias de impacto ambiental
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha declarado nulo el proyecto de construcción de la variante de la CN-332, que enlaza Valencia y Cartagena, entre los puntos kilométricos 130 y 143, a su paso por La Vila Joiosa (Marina Baixa). Esta sentencia del TSJ de Madrid se produce a raíz de un recurso de alzada, interpuesto por la oposición del Ayuntamiento de este municipio -a excepción de Esquerra Unida-, ante la Dirección General de Carreteras al estimar que el proyecto no reunía los estudios preceptivos, como los de seguridad e higiene y de impacto medioambiental. Fomento desestimó, por silencio administrativo, este recurso de la oposición, que obligó a los demandantes a acudir a la vía contencioso-administrativa. Ahora, el TSJ ha fallado a su favor.
La sentencia, dictada por la Sección 6ª de la Sala Contencioso Administrativo del TSJ, obliga a retrotraer el procedimiento "hasta el momento inmediatamente anterior a la presentación del proyecto para su aprobación e incluir un estudio de higiene y salud; y otro, de impacto medioambiental". No obstante, según Pedro Lloret, concejal independiente en el Ayuntamiento de La Vila Joiosa, el fallo no acarrea la paralización de las obras de la circunvalación. Lloret informó ayer de que la oposición sondea la posibilidad de solicitar la suspensión cautelar de las obras, en aras a lograr un trazado más benévolo para el municipio. Para ello, según el edil, los demandantes pretenden contar con el refrendo de los cerca de 200 afectados por la expropiación para la construcción de la vía.
Lloret considera que la nueva infraestructura es una barrera arquitectónica que acarrea, a su juicio, un grave perjuicio para la población. "Cuando la gente lo vea se va a echar a llorar. A los ciudadanos de paso les beneficia, pero al pueblo no le hace ningún bien", manifestó. Y agregó: "El impacto paisajístico y la contaminación acústica se van a hacer notar".
Según el edil, Fomento ha anunciado que recurrirá en casación al Tribunal Supremo. La sentencia del TSJ de Madrid que declara nulo el proyecto de obra aprecia que el estudio de seguridad e higiene es un documento "obligatorio" en las propuestas de edificación y obras públicas. Sin embargo, la sala del TSJ rechaza la alegación en la que cuestionaba la competencia del órgano delegado en el momento de aprobación del proyecto. El alto tribunal también aceptó la denuncia sobre el deficitario estudio de impacto medioambiental.
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