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El Tribunal Superior confirma la pena de prisión a una joven que tiró a su hijo recién nacido en un contenedor

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la pena de siete años de prisión que la Audiencia Provincial de Madrid impuso a María Elvia S. G., la joven ecuatoriana que en febrero de 2002 mató a su hijo recién nacido tras introducirlo en una bolsa de plástico y arrojarlo a un contenedor de basura.

Así lo acuerda el TSJM en una sentencia que desestima el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la procesada contra el fallo dictado el pasado mes de febrero por la Sección 15ª de la Audiencia madrileña tras la celebración del juicio. El fallo condenó a María Elvia a siete años de prisión como autora de un delito de asesinato, con la concurrencia de la eximente incompleta de trastorno mental transitorio, las atenuantes de confesión y reparación del daño y la agravante de parentesco.

La resolución del TSJM, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Pedreira Andrade, confirma la condena de la Audiencia, y declara probado que el 3 de febrero de 2002, sobre las 8.45, la encausada, que entonces tenía 25 años, dio a luz un varón en la cocina de una vivienda situada en el número 26 de la avenida de España, en Alcobendas. Este bebé era fruto de un embarazo que Elvia mantenía en secreto porque el padre era un hombre casado.

Según el fallo, el pequeño nació "vivo y sin problemas aparentes, para proseguir su proceso vital normal". A los pocos minutos, la procesada lo metió en una bolsa de plástico para la basura, salió a la calle y lo arrojó a un contenedor, dejándolo abandonado, "a sabiendas de que ello entrañaba un peligro muy elevado para la vida del recién nacido" y asumiendo el resultado mortal de su acción. El niño murió "por asfixia".

Hacia las 23.00, la acusada acudió al centro de salud de San Sebastián de los Reyes y explicó lo sucedido. Cuando los agentes consiguieron rescatar al recién nacido ya había fallecido. La resolución del TSJM, al igual que la de la Audiencia Provincial, declara probado que Elvia padecía con anterioridad a estos hechos un trastorno esquizoide de la personalidad.

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