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Estrasburgo confirma que 'Lecturas' violó la intimidad de Preysler

El Tribunal de Derechos Humanos defiende la vida privada de los famosos ante la prensa

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha puesto fin al largo pleito entre Isabel Preysler y la revista Lecturas al rechazar la demanda de esta publicación contra la decisión del Tribunal Constitucional español de imponer una indemnización de diez millones de las antiguas pesetas (unos 60.000 euros) por la divulgación de revelaciones de la nodriza de una de las hijas de Preysler sobre la vida privada de ésta.

El Tribunal de Estrasburgo respalda el criterio del Tribunal Constitucional, que a su vez avaló la sentencia de la Audiencia de Barcelona, según la cual la intromisión en la vida privada no podía encontrar justificación en el hecho de que se tratara de una persona célebre o conocida del público, como Preysler, ya que "toda persona, pública o privada, goza de un espacio privado protegido, especialmente el de su vida familiar".

El origen de este caso se remonta a 1989, cuando Lecturas publicó durante varias semanas una serie de reportajes, bajo el título La cara oculta de Isabel Preysler, en los que una antigua nodriza de una hija de la famosa revelaba detalles sobre determinados granos que le salían en la cara a la conocida dama de la prensa del corazón, así como sobre su utilización de una agenda de piel de cocodrilo y de ciertas ropas en la intimidad o sobre las relaciones íntimas con sus dos anteriores maridos y con el actual, el ex ministro socialista Miguel Boyer.

Un juez de Barcelona sentenció que se había producido "una injerencia ilegítima" en el derecho fundamental a la vida privada y familiar y condenó a Lecturas a indemnizar a Preysler con cinco millones de pesetas (30.050 euros), que la Audiencia Provincial de Barcelona dobló: diez millones de pesetas (60.101 euros). En cambio, el Tribunal Supremo anuló la condena, por considerar que las revelaciones publicadas no constituían "un atentado grave a la intimidad".

El Tribunal Constitucional amparó a Preysler y ordenó a la Sala Civil del Tribunal Supremo a que condenara a la revista, "que habría debido guardarse de difundir esos datos, salvo que hubiera considerado que la información divulgada era de interés público".

El Tribunal Supremo, obligado a cumplir el fallo del Constitucional, rebajó sin embargo el importe de la indemnización a 25.000 pesetas (150 euros), tras calificar las revelaciones publicadas como "insignificantes, teniendo en cuenta el gran renombre de la víctima, lo que constituye un hecho notorio", aseguró.

Guerra entre tribunales

Preysler recurrió de nuevo al Tribunal Constitucional, ante el que alegó que el Supremo no había ejecutado correctamente su fallo. Finalmente, el máximo intérprete de la Constitución, en septiembre de 2001 revalidó el importe de 10 millones de pesetas de indemnización fijado en 1993 por la Audiencia Provincial de Barcelona e impuso su pago, lo que suscitó reticencias del Supremo, que en una sentencia consideró excesiva esa suma por "un reportaje relativo a una dama de gran proyección pública, objeto de grandes ámbitos publicitarios".

La revista Lecturas planteó al Tribunal de Estrasburgo que el Constitucional se había extralimitado en sus competencias y había asumido las del Supremo, al fijar el importe de la condena. Igualmente, alegó el derecho a la libertad de expresión e información y consideró "injustificada y desproporcionada" la condena impuesta por el Constitucional.

El Tribunal de Estrasburgo rechaza la demanda por "manifiestamente mal fundada" y estima que los reportajes objeto del litigio, centrados "sobre aspectos puramente privados de la vida de la persona en cuestión y de su familia, no puede considerarse que contribuyan a ningún debate de interés general para la sociedad, a pesar de la notoriedad social de esta persona". Y razona que tanto la Audiencia de Barcelona como el Tribunal Constitucional han evaluado la libertad de comunicar informaciones y el derecho a la reputación de terceros, mediante decisiones "ampliamente motivadas", en las que ha quedado claro que "los hechos revelados por la revista no poseían el componente esencial del interés público que pudiera legitimar su divulgación, dado que se referían a la esfera eminentemente privada y preservada de la vida de Preysler".

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