Incompatibilidades
Hasta ahora creía que el régimen de incompatibilidades era por razón de la materia, no del territorio. Pero el concejal Sigfrido Herráez nos ha descubierto una nueva categoría jurídica que sin lugar a dudas ocupará largo tiempo a los estudiosos. Resulta que si soy concejal de Vivienda de Madrid y presido o pertenezco a la Empresa Pública de la Vivienda de Madrid no debo vender o comprar terrenos, urbanizar, construir viviendas, etcétera, en Madrid, pero no hay ningún problema en hacerlo en Móstoles, Pozuelo o Tres Cantos, aunque -es un supuesto- la empresa que me venda un terreno en Majadahonda fuera la misma con la que acabo de concertar un contrato como concejal de Vivienda en Madrid. Curiosa la extraterritorialidad ésta del régimen de incompatibilidades. Voy a proponer a Trillo que se dedique a ser intermediario de compraventa de armamento entre EE UU y Marruecos, porque como total no lo haría en España, a todos nos parecería bien.
El problema es el de siempre: confundir lo público con lo privado, con lo personal, con los propios negocios. Y confundir lo legal con lo legítimo. Y la legalidad con la ética. Los negocios de Sigfrido podrán ser perfectamente legales, pero para mí ya toda su actividad pública tendrá una mácula, porque veo que su sentido de la ética, de la integridad, de los límites entre lo público y lo privado, lo tiene ciertamente laxo. Hay que elegir: o se está en un cargo público o se dedica uno a los negocios. ¿Cómo es posible que un concejal de Vivienda constituya un empresa cuyo objeto social coincide, en gran medida, con las competencias que debe ejercer como concejal de Vivienda? ¿O nos tenemos que creer que va a saber distinguir perfectamente entre lo uno y lo otro, y siempre en beneficio de los ciudadanos, claro, cual Clark Kent y Superman del mundo inmobiliario? ¿O no será que, como éste, con una identidad oculte la otra?
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