Los jueces sólo han celebrado la mitad de los juicios rápidos previstos
La cifra de juicios rápidos en la capital en su primer mes de funcionamiento es poco halagüeña y dista mucho de la que habían previsto tanto el Ministerio de Justicia como los jueces. La idea era desarrollar un mínimo de 40 vistas rápidas diarias, tanto por faltas como por delitos, pero sólo se han tramitado o celebrado una media de 15 al día: ocho juicios de faltas y seis o siete por delitos. Las faltas son infracciones penales leves, mientras que los delitos llevan aparejados penas de multa o de cárcel. "Aún es pronto para analizar el impacto real de los juicio rápidos, una iniciativa que hay que hacer todo lo posible para que salga adelante, pero los datos de Madrid revelan una ineficacia en la asignación de los recursos", explica José Antonio Alonso, vocal del Consejo General del Poder Judicial.
La puesta en marcha de los juicios rápidos, tras la reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es una de las medidas más profusamente vendidas por el Gobierno que preside José María Aznar para "barrer" de la calle a los delincuentes y frenar los altos índices delictivos que padece España.
Desde el pasado 28 de abril, fecha en que empezaron a funcionar estas vistas, Madrid cuenta con seis juzgados de guardia (el doble que antes). Cuatro de estos seis juzgados se dedican en exclusiva a juicios rápidos: tres a instruir los atestados policiales susceptibles de juicio por delito, y uno a enjuiciar las faltas. Los magistrados que se dedican a instruir los delitos sólo han tramitado y resuelto 200 atestados. Esto significa que cada uno de estos tres jueces ha hecho un promedio de dos o tres juicios diarios. El cálculo de los jueces de la plaza de Castilla era tramitar a diario unos 24 juicios rápidos por delito (ocho cada juzgado) y celebrar 16 juicios por faltas. En total se han celebrado 215 juicios de faltas, cuando la previsión era celebrar el doble."Es cierto que ahora se están haciendo pocos juicios rápidos en Madrid, pero estamos en el inicio de su andadura y la tendencia es al alza", señala un magistrado de la plaza de Castilla. Fuentes del Ministerio de Justicia apuntaron el pasado mes de abril que al menos un 30% de los asuntos penales que llegan a la plaza de Castilla (el año pasado se registraron más de 500.000 asuntos) podía tramitarse como vista célere.
"La cifra de juicios rápidos del primer mes está muy por debajo de las previsiones", señalan fuentes jurídicas, que añaden: "Hay que tener en cuenta que cada juzgado, integrado por un juez, un fiscal, un secretario y los funcionarios, seguro que desarrolla más actividad un día normal que un día con guardia". Mantener un juzgado de guardia implica un gasto de 1,2 millones de euros anuales.
Las causas de que en la capital madrileña no terminen de arrancar estas vistas, pese a ser la ciudad por y para la que se idearon los juicios rápidos, son diversas. "Los magistrados están tramitando todos los atestados que remite la policía; si los agentes mandasen más, se tramitarían más", señalan fuentes jurídicas. A esta causa hay que añadir otras: durante mayo hubo "bastantes días festivos", y, además, sigue inactiva los fines de semana y festivos la oficina de reparto penal, cuyo funcionamiento es vital para que se celebren juicios rápidos de faltas. Este servicio cuenta con luz verde del Ministerio de Justicia, pero, según fuentes jurídicas, la Comunidad de Madrid, que es ahora la competente en materia de Justicia, no lo ha puesto aún en marcha.
Otra de las causas de la exigua cifra de juicios rápidos se halla en los fallos informáticos que ha sufrido la agenda de señalamientos y citas (la web interna donde la policía anota los juicios y citaciones) y en errores policiales a la hora de tramitar los atestados. La policía envió en este primer mes un total de 355 atestados para juicios rápidos por delito. No obstante, sólo 200 de esos atestados siguieron el cauce de juicio rápido.
En un primer momento es la policía la que, a la vista de un hecho ilícito, decide si un atestado se tramita como falta o como delito. En este primer mes, la policía se ha equivocado a la hora de catalogar 155 atestados. De hecho, 83 atestados que la policía remitió a la plaza de Castilla como si se tratara de delitos para ser juzgados por la vía rápida, luego fueron catalogados por los jueces como faltas, lo que lleva un procedimiento judicial distinto. Este dato resulta alarmante: significa que la policía detuvo inadecuadamente a 83 personas que nunca debió detener puesto que el hecho que se les atribuía era una falta y no un delito. Un detenido va primero a los calabozos de la policía y desde allí, normalmente al día siguiente, a los de la plaza de Castilla. Aparte de esos 83 atestados, hubo otros 49 que, contra el criterio policial, fueron transformados por los jueces en diligencias previas (para ser investigadas normalmente).
Un dato llamativo es el alto número de conformidades que se están produciendo por parte de los reos sometidos al procedimiento de juicio rápido. De los 200 atestados que han sido tramitados y resueltos como juicio rápido, en 116 de ellos (más del 50%) el reo se conformó con la pena que le pedía el fiscal. Para que se pueda celebrar un juicio rápido es vital que la policía localice de inmediato a los implicados y los cite para que acudan ante el juez al día siguiente.
Para evitar que la justicia se colapse, como ocurre ahora, la ley que regula los juicios rápidos otorga la llamada rebaja del tercio de la pena a quien acepta los hechos y se conforme con la pena que le pide el fiscal. Por ejemplo, si un reo acepta los 12 meses de cárcel que le pide el fiscal, el juez está obligado a reducirle un tercio de la pena, o sea, cuatro meses; por tanto, la pena final se quedaría en ocho meses. Muchos reos, al ver que han sido detenidos en flagrante, se conforman con la pena del fiscal para que el juez se la baje en un tercio.
Pero hay otros reos que no aceptan la pena y prefieren acudir a juicio. Si no hay conformidad, el juez de guardia instruye sobre la marcha la causa y la remite para juicio a un juzgado de lo penal, donde se enjuician delitos con penas iguales o inferiores a cinco años de cárcel, y éste debe celebrar el juicio obligatoriamente en los 15 días siguientes.
Según la estadística de este primer mes de juicios rápidos, 84 reos prefirieron ir a juicio antes que aceptar la pena del fiscal. Aceptar la pena del fiscal significa que el reo sale del juzgado con la sentencia bajo el brazo y que no hay posibilidad de interponer ningún recurso.
Datos pírricos en la región
En la Comunidad de Madrid, la cifra de juicios rápidos por delitos y faltas ha sido también pírrica en el inicio de su andadura. En los 15 días que mediaron entre el 28 de abril (primer día de funcionamiento de los juicios rápidos) y el pasado 12 de mayo apenas se celebraron juicios rápidos en las principales cabezas de partido judicial de la región madrileña. En Alcalá de Henares se señalaron un total de 19 juicios de faltas; y no se celebró ningún juicio por delito ni hubo ninguna conformidad, según datos facilitados por fuentes del Consejo General del Poder Judicial.
En Fuenlabrada se señalaron cuatro juicios de faltas y un juicio por delito en el que tampoco hubo conformidad con la pena solicitada por el ministerio fiscal. Y en Móstoles se señalaron 21 juicios de faltas, 8 por delitos y tampoco hubo ninguna conformidad. Fuentes jurídicas insisten en que los juicios rápidos son positivos y en que hay que seguir apostando por ellos. Afirman estos medios que los datos actuales de juicios rápidos son mejores que los cosechados en esos primeros 15 días.
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