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El juez no devuelve dos niños acogidos porque ven a sus padres como "extraños"

Una sentencia dictada por un tribunal de Girona ha tenido en cuenta la voluntad expresada por dos niños de 6 y 7 años que, tras pasar la mayor parte de sus vidas bajo tutela de la Administración y convivir actualmente con una familia de acogida, no desean volver con sus padres biológicos porque les ven como "extraños".

El juez admite que "a estas edades resulta relativamente sencillo influir en la voluntad de los menores, pero no pueden desdeñarse los elementos objetivos que corroboran su voluntad". Los padres, que alegaron problemas económicos, aceptaron que la Administración declarara en 1998 la situación de desamparo de sus hijos para que éstos pudieran quedar al cuidado de sus tíos.

Los padres, que reclamaron judicialmente en un intento desesperado de recuperar a sus hijos, los dan ahora prácticamente por perdidos, según ha declarado a Efe su abogado. La sentencia admite que los padres han formado una familia estable, con ingresos económicos fijos, pero consideran que devolver a los niños sin tener en cuenta su voluntad podría suponer un daño "absoluto e irreparable" para ellos.

La sentencia destaca que los dos niños vuelven a ser felices tras las que define como "cortas pero erráticas" vidas. Los menores no pasaron mucho tiempo en casa de sus tíos, que por diversos motivos los acabaron devolviendo a la Administración. Tras ser ingresados en un centro infantil, recalaron en su actual familia de acogida, que incluso ha iniciado los trámites para la adopción definitiva.

Los padres, de vuelta de una estancia en Murcia, donde trabajaron para superar las estrecheces económicas que, según declaran, les obligaron a separarse de los niños, intentaron recuperarlos.

Reproches a la Generalitat

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La sentencia reprocha a los Servicios de Atención a la Infancia de la Generalitat una "particular" manera de actuar. El matrimonio sólo consiguió un régimen de visitas que, según la sentencia, la Generalitat no respetó. Los padres biológicos de los dos menores, Francisco M., un operario de 40 años, y María Pilar N., limpiadora, atribuyen la responsabilidad de la pérdida de afecto de sus hijos a la Generalitat, que durante aproximadamente un año les impidió ver a sus hijos mientras éstos permanecían internados en un centro. Según los progenitores, la Dirección General de Atención a la Infancia alegó que el retorno de los niños con sus padres era muy complicado.

La sentencia asegura que los niños "perciben a sus padres como unos extraños y no quieren estar con ellos". Valora los buenos resultados de la actual escolarización de los menores y el "arraigo afectivo desarrollado con otras personas", situación que, en opinión del tribunal, no resulta fácil tras su "corta pero errática trayectoria personal".

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