Los jueces admiten que las empresas presenten sus cuentas anuales en soporte informático
Los jueces se han pronunciado por primera vez, en una sentencia firme, a favor de la equiparación del soporte informático con el documento notarial en la presentación de las cuentas que las empresas deben depositar cada año en los registros mercantiles.
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha llegado a esa conclusión en la sentencia, no recurrible, que desestima sendos recursos contra la instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, interpuestos por los consejos generales del Notariado y de los Colegios Oficiales de Corredores de Comercio.
La sentencia razona que la instrucción impugnada no altera la obligación de presentación de las cuentas, sino que "facilita el cumplimiento de aquélla adaptándola a las nuevas posibilidades que las innovaciones tecnológicas en materia de comunicación proporcionan".
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