Los padres podrán destinar a un hijo discapacitado toda la herencia familiar
El Gobierno aprobará el viernes un proyecto que protege el patrimonio de los minusválidos
Los padres de una persona minusválida podrán dejar todos sus bienes sólo a ese hijo. Ahora el Código Civil establece que todos los hermanos hereden en igualdad de condiciones al menos una tercera parte de los bienes (la legítima). Ésta es una de las principales novedades del anteproyecto de Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, que el viernes aprobará el Gobierno. Esta norma favorece -y desgrava- las aportaciones familiares o empresariales a un nuevo fondo económico personal para los discapacitados que estará especialmente protegido.
El presidente del Gobierno, José María Aznar, anunció ayer la aprobación inmediata de este anteproyecto a los miembros del Comité Español de Representantes de Minusválidos, a los que recibió en el palacio de la Moncloa. Se trata de una norma de gran calado que busca mejorar la situación de las personas con discapacidad sobre todo cuando pierden a sus padres (en España hay 3,5 millones de personas en esa situación y el 40% tiene menos de 65 años). Modificará el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la legislación tributaria.
El anteproyecto prevé cambios en el derecho sucesorio. Así, los padres de familia con un hijo discapacitado podrán dejar todos sus bienes sólo a este descendiente (ahora están obligados a dejar a todos los hijos en condiciones de igualdad al menos un tercio de la herencia). El único requisito para nombrar heredero único al hijo minusválido es que esté incapacitado mediante sentencia judicial, según fuentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, autor del anteproyecto. El propio discapacitado podrá solicitar al juez que decrete su falta de aptitud legal como sujeto de derechos y obligaciones. "Es una medida de discriminación positiva", afirman en el departamento.
Además de los cambios respecto a la herencia, el anteproyecto crea la figura del patrimonio protegido del discapacitado. Podrá constituirse en favor de las personas con una minusvalía psíquica igual o superior al 33%, con una discapacidad física y sensorial igual o superior al 65%. Se trata de una hucha en su favor a la que puede contribuir cualquier persona o empresa. Sin embargo, las ventajas fiscales por esta donación -"importantes", según Aznar-, estarán reservadas a las personas y empresas relacionadas con el discapacitado. Para favorecer la nueva figura están previstas tanto desgravaciones como exenciones.
Los familiares hasta tercer grado y los tutores que contribuyan a formar el patrimonio protegido tendrán derecho a deducir hasta 8.000 euros anuales de la base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Las empresas que hagan lo propio con sus trabajadores discapacitados o con los hijos minusválidos de sus empleados podrán deducir hasta el 10% en la cuota del impuesto sobre sociedades. La rebaja se establecerá en función de la aportación, que también podrá ser no dineraria. En caso de rebasarse los 8.000 euros, la deducción podrá realizarse hasta en cuatro ejercicios fiscales.
Por su parte, las personas discapacitadas que dispongan de su patrimonio protegido estarán exentas de tributar anualmente por una cantidad equivalente al doble del salario mínimo interprofesional (ahora supone 12.684 euros anuales). También mantendrán las desgravaciones ya existentes.
Las aportaciones de hasta 8.000 euros anuales quedarán exentas del impuesto de sucesiones y donaciones. Además, las comunidades autónomas gobernadas por el PP están dispuestas a suprimir el impuesto de sucesiones y donaciones para los patrimonios protegidos, según el Ministerio de Trabajo.
El anteproyecto también dedica parte de su articulado a las personas con riesgo de dependencia. Se trata de una situación en auge debido al aumento de la longevidad. Para estos casos se regula la autotutela. El objetivo de esta medida es, según Aznar, que "cualquier persona pueda adoptar las decisiones que estime convenientes en previsión de su propia, futura y eventual incapacitación, especialmente importante en el caso de las enfermedades degenerativas". La autotutela permite, entre otras cosas, que un ciudadano nombre a su tutor para el futuro.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.