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Condenada una mujer a devolver dinero a su ex pareja sentimental

La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena impuesta a una mujer de pagar 4.808 euros a su ex compañero sentimental por el dinero y bienes que éste aportó durante el tiempo que duró la relación. El Juzgado de Primera Instancia número 24 de Barcelona, mediante sentencia de 3 de diciembre de 2001, condenó a África M. J. a pagar a Rabbi O. M. esta cantidad, correspondiente al dinero que el demandante aportó a la relación de pareja.

La mujer recurrió ante la Audiencia con el argumento de que el dinero aportado por su ex compañero sentimental estaba destinado a "atender las cargas de dicha unión matrimonial" y aseguraba que al ser su ex pareja de "otra nacionalidad y color" no tenía "aceptación" entre el "género femenino", por lo que logró "convencerla" para vivir juntos mediante "ofertas" económicas. Según la recurrente, "con gran maldad", su ex compañero, en previsión de una ruptura de la convivencia le hizo firmar "papeles en blanco" para poder reclamar la supuesta deuda.

La Audiencia ha confirmado la condena. Según el tribunal, las afirmaciones de la recurrente "carecen de toda prueba". En un primer momento, recuerda la sentencia, la mujer llegó a negar la veracidad de su firma en los documentos en los que se reconocía la deuda.

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