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Reportaje:

Condenados a retirarse a los 65

La nueva legislación que permite trabajar en horario reducido después de la edad de retiro choca con algunos convenios colectivos

Lucía Abellán

Para la mayoría de los trabajadores, la jubilación es una merecida recompensa a una vida de esfuerzo. Para otros es un castigo que se resisten a aceptar. Francisco Martínez, médico de 64 años con 30 de labor profesional a sus espaldas, está agotando todos sus recursos para que el próximo mes de marzo, cuando cumpla 65, no tenga que abandonar contra su voluntad el hospital en que trabaja, el Gregorio Marañón de Madrid. Martínez es víctima de una gran paradoja: quiere acogerse a la ley que permite retrasar la edad de jubilación compatibilizando sueldo y pensión, pero el convenio colectivo que regula su actividad le impide continuar.

"Estoy dispuesto a escribir a quien haga falta", asegura vehemente este especialista en hematología (enfermedades de la sangre), que no quiere que sus conocimientos caigan en saco roto a partir de marzo y, además, necesita su sueldo para seguir pagando los estudios de su hija. Su caso no es el único. Modesto Trinchet, cirujano de la misma edad, quiere acogerse a la ley de jubilación parcial y no puede. Como personal laboral del Gregorio Marañón, se siente discriminado con respecto a los funcionarios, que sí pueden retrasar su jubilación hasta los 70 años, y reclama soluciones.

El conflicto surge al dilucidar qué tiene más peso: la nueva ley o el convenio colectivo
"Nos encontramos bien físicamente, las pensiones son bajas y aún podemos ser últiles"

El conflicto tiene una complicada salida legal. El retraso de la jubilación ha sido siempre un derecho de los trabajadores, pero para ejercerlo había que renunciar a la pensión y estar contratado a tiempo completo. La novedad, introducida por el Gobierno este año a través de una ley de jubilación parcial y flexible, consiste en que los mayores de 65 años pueden continuar en su puesto con horario reducido. La empresa les abona el sueldo correspondiente a esas horas y la Seguridad Social paga el resto. El trabajador sigue cotizando, por lo que engrosa la prestación que recibirá cuando se jubile definitivamente, y la empresa está exenta de pagar las cuotas a la Seguridad Social.

Ése es el derecho reconocido sobre el papel. Pero la realidad, en este caso plasmada en el artículo 50 del convenio colectivo que regula al personal laboral de la Comunidad de Madrid, obliga a Francisco Martínez, a Modesto Trinchet y a otros 29.000 afectados por este convenio a abandonar su puesto. A cambio, la empresa se compromete a cubrir la vacante con un nuevo contrato. "Los conocimientos de un médico que lleva tiempo son mejores que los de un joven", argumenta este especialista para justificar su permanencia. "Nos encontramos bien físicamente, las cuantías de las pensiones son bajas y aún podemos hacer algo útil", añade el doctor Trinchet.

El conflicto, según reconocen todas las fuentes consultadas, surge al intentar dilucidar qué norma tiene más peso cuando se produce una colisión, si la ley o el convenio colectivo que afecta a cada trabajador. Hasta julio de 2001, el Estatuto de los Trabajadores dejaba a criterio de los convenios la fijación de la edad de jubilación, que en ningún caso podía exceder de los 65 de forma obligatoria. Pero el año pasado ese artículo se eliminó. Para algunos juristas, suprimirlo supone la prohibición inmediata para regular el retiro. Otros entienden que, en tanto no haya una negación expresa, los convenios pueden seguir fijándolo. Desde 1997 existen 793 convenios que establecen edad de jubilación, con cobertura para más de dos millones de trabajadores, según datos de CC OO, por lo que el conflicto puede afectar a una parte significativa de los empleados del país.

"Es un problema jurídico bastante complicado", reconoce Miguel Ángel López, director general de Función Pública de la Comunidad de Madrid. Este responsable es consciente de las reivindicaciones de los médicos -desde febrero ha recibido más de 200 reclamaciones contra la jubilación forzosa-, pero por el momento no tiene alternativas: "Tal como están los convenios, tienen toda la capacidad de regulación". Tanto López como los representantes sindicales apelan a la jurisprudencia. Varias sentencias del Constitucional reconocen a los convenios la capacidad para regular la edad de jubilación, por lo que ninguna autoridad se atreve a plantear lo contrario. El cirujano José Egido acaba de recibir del juzgado de lo social la negativa a continuar en su puesto después de los 65. "Si hubiera algún tribunal superior a favor , lo plantearíamos", asegura el director de Función Pública.

El Ministerio de Trabajo lo ve de una forma mucho más clara. La derogación de esa facultad que el Estatuto de los Trabajadores otorgaba a los convenios para fijar jubilaciones forzosas impide que se puedan volver a introducir cláusulas de este tipo. "Los convenios carecen de habilitación legal para hacerlo desde julio del año pasado", subrayan fuentes de este departamento.

Los sindicatos tienen más dudas. UGT seguirá recomendando en sus criterios de negociación colectiva (diálogo entre empresa y trabajadores para fijar las reglas que regulan su actividad), que se fije una edad de jubilación forzosa como vía para crear empleo. El responsable de acción sindical de esta central, Antonio Ferrer, cree que prohibirlo supone "un atentado a la autonomía de las partes ".

No hará lo mismo Comisiones Obreras, por coherencia con el pacto de pensiones firmado en abril de 2001 con el Gobierno y la patronal CEOE y del que emana la ley de jubilación parcial. "En los criterios de negociación colectiva no decimos nada", asegura Fernando Puig, secretario de acción sindical en CC OO.

Mientras las partes discrepan sobre si es lícito o no impedir a un trabajador que continúe, profesionales como Francisco Martínez aguardan con indignación el momento en que tendrán que empaquetar sus conocimientos y depositarlos en un baúl. "¿Por qué nos lo niegan? Es incomprensible", se lamenta este médico.

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Sobre la firma

Lucía Abellán
La redactora jefa de Internacional de EL PAÍS ha desarrollado casi toda su carrera profesional en este diario. Comenzó en 1999 en la sección de Economía, donde se especializó en mercado laboral y fiscalidad. Entre 2012 y 2018 fue corresponsal en Bruselas y posteriormente corresponsal diplomática adscrita a la sección de España.

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