Sanción disciplinaria
Soy un suboficial del Ejército de Tierra que, al igual que el subteniente objeto de noticia estos últimos días, he convivido con mi pareja 11 años sin estar casado (ella es sindicalista, y ambos poco sospechosos de pertenecer al Opus Dei, dada nuestra condición de agnósticos). Curiosamente, al igual que el subteniente, tenemos un certificado que nos acredita como inscritos en el registro de parejas de hecho del Ayuntamiento de Logroño, y antes que esto, simplemente un certificado de convivencia del mismo Ayuntamiento. Jamás se nos ha puesto ningún problema en ninguna residencia militar, si bien es cierto que en el momento de efectuar la reserva o de presentarnos en la recepción, hemos precisado que no estábamos casados y que manteníamos una relación estable de hecho. Jamás me he referido a mi pareja como 'mi esposa' o 'mi mujer' -ya que técnicamente no era cierto-, y esto en residencias de unidades en las que he sido destinado, en residencias de descanso dependientes de Acción Social, o en residencias dependientes directamente del ministerio (caso de la residencia militar Don Quijote, en Madrid, donde el ingreso requiere más formalidades). Por supuesto, todos mis mandos y mis compañeros nos han considerado siempre como un matrimonio más.
Estimo, por las informaciones recibidas en su medio, que la sanción se debe única y exclusivamente al hecho de haber faltado a la verdad, agravado por el tono y las palabras empleadas por este subteniente en sus posteriores manifestaciones, no como se nos está presentando el caso, como represalia por no estar legalmente casado.
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