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Reportaje:

Funcionario desarmado

Los jueces niegan la licencia de armas a un trabajador de prisiones que decía sentirse amenazado en el trabajo

Las armas las carga el diablo y después pasa lo que pasa. Eso debe de ser lo que pensaron los jueces cuando estudiaron el recurso que presentó un funcionario de prisiones para que le renovasen la licencia de armas de que había venido disfrutando durante seis años. Decía el trabajador penitenciario que era objetivo de ETA, que había sido amenazado por varios internos y que eso es un riesgo añadido que ya debe soportar por trabajar donde trabaja. Pero la justicia no lo ha entendido así y cree que no existe ese riesgo y que, por tanto, no tiene sentido que vaya armado.

El deseo de un pequeño sector de los funcionarios de prisiones de seguir llevando la pistola que llevaron durante años no es nuevo, pero lo cierto es que de un tiempo a esta parte se ha ido produciendo un desarme progresivo, tan silencioso como eficaz. El camino lo iniciaron hace ocho años la entonces secretaria de Estado de Interior, Margarita Robles, y el director de prisiones de la Generalitat, Ignasi García-Clavel. 'Quien quita la ocasión, quita el peligro', pensaron. Ahora, muchos años después, la justicia ha avalado esa decisión al rechazar el recurso del funcionario Javier Gonzalo U. P.

El trabajador obtuvo su primera licencia de armas en 1990 y tres años después se la renovaron. En 1996 caducó de nuevo y un año después la dirección general de la Guardia Civil se la negó porque había dos informes en contra: uno de la propia Generalitat, que era la que le pagaba, y otro del Gobierno Civil de Barcelona. El funcionario recurrió entonces al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que, aunque ha tardado cinco años en dictar sentencia, ha acabado ratificando la retirada de la licencia de armas. Recuerdan los jueces que esa autorización es restrictiva por ley y que el funcionario no tiene esa necesidad imperiosa de llevar pistola.

'No se deduce un riesgo específico de una intensidad que sobrepase el que resulta genérico en el colectivo al que pertenece el interesado', afirman los jueces de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, los mismos que han dictado otra sentencia parecida. En este caso, el que se ha quedado sin licencia de armas es José Antonio M. J., que siempre había empleado su escopeta para cazar. Hasta que un día dejó de hacerlo y salió con ella en plena calle para verse envuelto en una reyerta. Con eso basta, dicen los jueces, para que no vuelva a tener permiso, tal como en su día lo acordó también la Guardia Civil. Recuerda el acusado que no es justo que se le niegue el permiso porque todavía no se le ha juzgado por la reyerta con la escopeta, pero responde el TSJC que ha de tenerse en cuenta el 'interés público que trata de prevenirse'.

Y en esta tesitura, concluye la sentencia del Tribunal Superior, 'puede razonablemente deducirse la impertinencia de que el actor (cazador) sea titular de una licencia de armas'.

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