Bibliotecas
En respuesta a la carta publicada el 30 de abril y firmada por doña Francisca Fernández Guillén, alumna de las Escuelas Oficiales de Idiomas, en la que expresaba su malestar por el funcionamiento de las bibliotecas de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la región, la Consejería de Educación de la Comunidad formula las siguientes aclaraciones:
1. La normativa que regula la organización y funcionamiento de las Escuelas Oficiales de Idiomas establece mecanismos para que la biblioteca del centro esté abierta y atendida durante la totalidad del horario lectivo por el profesor del centro.
2. La jornada laboral del profesorado de las Escuelas Oficiales de Idiomas está adecuada a las características de las funciones que han de realizar; así, además del horario lectivo, el horario complementario del profesorado contempla que se asigne 'entre una y tres horas de atención a biblioteca, en función de las necesidades del centro y a juicio del jefe de estudios', por lo que con esto se garantiza dicho servicio. Esta asignación de funciones viene siendo tradicional en todos los cuerpos docentes en todos sus reglamentos de organización y funcionamiento.
3. Los objetores de conciencia no tenían asignadas funciones específicas en los centros docentes, y mucho menos aquellas que por reglamento estaban asignadas a cuerpos docentes, sino que actuaban en tareas de apoyo y colaboración educativa. Entre otras cosas, realizaban tareas de colaboración en la atención de las bibliotecas, no siendo nunca de su exclusiva responsabilidad la atención y gestión de las mismas.
En consecuencia, debe entenderse que la atención de la biblioteca de las Escuelas Oficiales no es una tarea que realicen 'gratis' los profesores, sino que está incluida en su horario complementario y forma parte de su jornada laboral.
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