Anulada una sanción a una juez por retrasos en los procesos
El Tribunal Supremo ha anulado la sanción que impuso el Consejo General del Poder Judicial en 1997 a una juez de Instrucción de la provincia de Granada, como autora de una falta disciplinaria grave, por retrasos en la tramitación de procedimientos. El Supremo destaca que en 1995, el año en que acumuló los retrasos, la juez tuvo un delicado embarazo que concluyó en aborto, el personal de su Juzgado estaba poco preparado y tuvo varias bajas temporales.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo estima el recurso presentado por la juez, cuyas iniciales son A.E.C., y anula la multa de 300,5 euros (50.001 pesetas) que le impuso el CGPJ.
Según la sentencia, 'no se puede hacer recaer sobre la persona de la demandante un estado de cosas que hacía prácticamente imposible el mantenimiento del normal despacho de los asuntos'. Además de la 'poca preparación del personal' de su Juzgado, la sentencia recalca que el estado de salud de la recurrente era 'delicado'.
'Podrá haber una organización del trabajo en el Juzgado más o menos perfectible, pero en ningún caso una desidia de la recurrente que la haga acreedora de la sanción impuesta, con mayor motivo si se tiene en cuenta que a pesar de su delicado embarazo continuó al frente de su puesto de trabajo', añade el fallo.
La resolución del CGPJ se basaba en una inspección realizada el 27 de marzo de 1996, e indicaba que la actividad resolutoria de la juez en 1995, registraba 'una clara disminución en materia penal'.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.