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Las reservas iniciales del PSOE al borrador

Luis R. Aizpeolea

Los socialistas Jesús Caldera y Juan Fernando López Aguilar, que pactaron con el ministro de Justicia, Ángel Acebes, un 'acuerdo de principios' sobre la Ley de Partidos, lograron del Gobierno el compromiso de proceder a un estudio pormenorizado del texto del borrador de la ley para evitar incurrir en errores de inconstitucionalidad ante un proyecto legal de carácter orgánico y de enorme trascendencia política.

López Aguilar anunció a Acebes que además de la tramitación pactada del borrador -dictámen del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado-, los socialistas constituirían su propia comisión de juristas para 'pulir' el texto.

Estas son algunas de las cautelas iniciales de los socialistas hacia el borrador:

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- Promotores de la disolución. 'Artículo 10. Procedimiento. 1. Están legitimados para instar la declaración de ilegalidad de un partido político y su consecuente disolución

a) El Gobierno.

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b) Cincuenta diputados.

c) Cincuenta senadores.

d) El ministerio fiscal'.

Los socialistas estiman que debe ser un organismo carente de color político, el ministerio fiscal, el promotor de la declaración de ilegalidad de un partido. La defensa pública de esta propuesta por el secretario general del PSOE, José Luis Rodríguez Zapatero, el pasado miércoles, ha originado la dura réplica del presidente del Gobierno.

- Cautelas para evitar el fraude de ley. La disposición adicional segunda añade un apartado al artículo 44 de la Ley Electoral, que señala: 'No podrán presentar candidaturas las agrupaciones de electores que, de hecho, vengan a continuar o suceder la actividad de un partido político declarado judicialmente ilegal y disuelto o suspendido, teniendo en cuenta la similitud sustancial de ambos proyectos políticos, de su estructura, organización y funcionamiento, de las personas que componen, rigen, representan o administran las candidaturas, de la procedencia de los medios de financiación o materiales o de cualesquiera otras circunstancias que permitan considerar dicha continuidad o sucesión'.

Los socialistas estiman que es muy complicado jurídicamente evitar que, por ejemplo, en los municipios se presenten agrupaciones de electores independientes próximas a un partido como Batasuna. Creen que hay que afirnar más con la fórmula.

- Efectos de la disolución. El artículo 11 trata sobre los efectos de la disolución judicial, y el apartado 1b) dice: 'La disolución determinará la apertura de un proceso de liquidación patrimonial, llevado a cabo por tres liquidadores designados por la sala sentenciadora. El patrimonio neto resultante se destinará por el Tesoro a actividades de interés social o humanitario'.

Esta redacción, según los socialistas, no se corresponde con la responsabilidad civil.

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