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El Gobierno argentino revisará las concesiones de servicios públicos

El Gobierno argentino se dispone revisar los contratos de concesión de servicios públicos firmados con empresas extranjeras, muchas de ellas con capital español. La primera ronda de consultas, por sectores y según un cronograma que fijará el Ejecutivo, comenzaría en febrero. La convocatoria a las partes se hará mediante un decreto presidencial y, según las fuentes consultadas la discusión será 'amplia y sin condiciones'.

Los portavoces de las empresas privatizadas temen que la revisión se abra a la participación de las comisiones del Parlamento 'y se politice'. Todos coinciden en la necesidad de discutir algunas de las condiciones de los contratos, a la luz de una devaluación del peso que ha modificado las reglas del juego.

El jefe del gabinete de ministros, Jorge Capitanich, dijo que el decreto ya está redactado y que, 'probablemente' el 8 de febrero se iniciarían las primeras reuniones en el Ministerio de Economía con los responsables de las empresas vinculadas a cada servicio: luz, agua, gas, teléfonos, y luego los demás, 'para ir revisando la matriz de los acuerdos y las vinculaciones de unos con otros'. En todos los sectores involucrados participan mayoritariamente empresas de capitales españoles.

Los funcionarios del Ejecutivo admiten que 'la principal preocupación' es la evolución de las tarifas porque inciden en el coste en los productos de las exportaciones argentinas que se pretende alentar. En los contratos vigentes hay una cláusula que vincula los precios en dólares de los servicios con el índice de inflación de EEUU, pero la Ley de Emergencia Económica obliga a fijar los precios en pesos y el Gobierno no permite ahora el aumento de las tarifas.

Además, el Senado aprobó el texto de la Ley de Quiebras, que pasó a la Cámara de los Diputados. Si la ley se confirma, se suspenden de inmediato y por 180 días los procesos de concursos preventivos de acreedores y de quiebras que afectan a miles de pequeñas, medianas y grandes empresas. En ese plazo los acreedores no podrán ejecutar bienes ni garantías.

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