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Los jueces anulan la sanción de dos meses de empleo contra un 'mosso'

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado la sanción de dos meses de empleo y sueldo dictada hace cuatro años contra un agente de los Mossos d'Esquadra por falta de consideración y respeto hacia sus superiores jerárquicos, y ha condenado a la Generalitat a que le pague el sueldo que dejó de percibir. De esta manera, los jueces anulan la resolución dictada en octubre de 1997 por el entonces consejero de Gobernación, Xavier Pomés, contra el policía Josep Asensio Serqueda, a quien el pasado mes de mayo los jueces ya dieron la razón por unos hechos muy similares ocurridos en 1999 que le supusieron una suspensión de cuatro meses de empleo y sueldo.

Asensio fue expedientado por denunciar supuestas irregularidades en la actuación de la policía autonómica. En el trámite de ese expediente disciplinario que instruía un sargento del cuerpo, el agente Asensio decidió defenderse a sí mismo y fue entonces cuando realizó las afirmaciones que la Generalitat consideró desconsideradas hacia sus superiores y calificadas como falta grave. Sin embargo, en la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC se explica que después de examinar las expresiones y alegaciones presentadas por el policía, 'ninguna de ellas puede ser calificada como falta de respeto o consideración'.

Los jueces consideran que las palabras empleadas por el policía en el pliego de descargos 'fueron vertidas en el ejercicio del legítimo derecho que tiene un funcionario al que se incoa un expediente disciplinario a defenderse'. Si no fuese así, añade la sentencia, el expedientado quedaría en una situación de indefensión. Pero además los jueces recuerdan que Asensio no tenía la condición de policía cuando presentó ese pliego de descargos ni el instructor del expediente era su superior jerárquico, 'por mucho que lo sea cuando desempeña una función pública concreta'. Por eso, el tribunal cree que la Generalitat no respetó el principio de legalidad y sancionó injustamente al funcionario por una actividad ajena.

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