Un contencioso en Alzira destapa contradicciones de la LRAU
Las dudas que ahora el TSJ traslada al Tribunal Constitucional tienen su origen en un contencioso iniciado en Alzira. Al amparo de lo que establece la LRAU, la empresa Hisactin, SL presentó una propuesta de actuación que logró la aprobación del consistorio de Alzira. Sin embargo, esa decisión sobre un programa de actuación integrada topó con algunas críticas que finalmente tomaron la forma de una impugnación presentada por María Lloret Pla en representación de los propietarios de la superficie afectada.
Lloret Pla planteó directamente la posible inconstitucionalidad de una veintena de artículos de la ley valenciana que, a su juicio, entran en colisión directa con lo que sobre las mismas materias establece la ley de ámbito estatal, de rango superior.
Fue el pasado 2 de mayo cuando la sala del TSJ dictó auto para poder escuchar a las partes. El 22 de junio, Lloret Pla presentó escrito en el que formulaba alegaciones en conformidad con el contenido del auto de la sala.
El fiscal, por su parte, trasladó el 21 de junio las correspondientes alegaciones. En ellas, consideraba que procedía plantear la cuestión de inconstitucionalidad.
Obviamente, las partes demandadas, que presentaron su documento el 30 de junio, consideraban improcedente formular la cuestión de inconstitucionalidad. Su argumento fue que todos los preceptos que la sala del TSJ encuentra bajo posible inconstitucionalidad 'forman parte del complejo sistema normativo urbanístico desarrollado en la específica legislación de la Comunidad'. Según fuentes jurídicas consultadas, la cuestión de inconstitucionalidad en este caso es harto compleja y es previsible que la repuesta se demore unos dos años.
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