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Un profesor de Penal defiende la licitud de la selección del sexo de los hijos

El investigador dice que la prohibición actual es un 'absurdo legal'

Pérez Alonso ha elaborado una investigación, Consideraciones críticas sobre la regulación legal de la selección de sexo, en la que analiza una resolución judicial de la Audiencia Provincial de Barcelona de 1990 que rechazaba la posibilidad de una madre de elegir el sexo de sus descendientes. A juicio de este especialista, la decisión judicial se basa en una 'interpretación literal y estricta de la ley'.

La prohibición legal en España de esta selección es, para el profesor de Granada, 'excesiva y poco satisfactoria en la sociedad española actual', a la vez que supone un 'absurdo legal' y una contradicción dentro de la propia norma. Pérez Alonso compara esta limitación con la regulación del delito de aborto que contempla el Código Penal. La ley admite la interrupción voluntaria del embarazo (dentro de unos límites de tiempo) cuando puede haber daño para la salud de la madre. Sin embargo, la excepción por 'fines terapéuticos' a la prohibición para la selección del sexo de los hijos afecta sólo a la salud de los niños (problemas como la hemofilia). Pérez Alonso pide que se admita también la posibilidad de elegir el sexo de la descendencia para asegurar la salud mental o física de las madres.

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El profesor de Derecho Penal afirma que es necesario 'exigir a los poderes públicos el apoyo a la investigación de las técnicas de selección de sexo en la reproducción asistida'. En la actualidad, explica, hay dos técnicas para ello. En la fecundación in vitro hay que realizar un proceso previo de selección de embriones que a juicio de este especialista 'no difiere casi del aborto'. Sin embargo, defiende que la criba del semen que habría que hacer antes de la inseminación artificial es una técnica 'sencilla, inocua y al alcance de toda la población', que es como un 'anticonceptivo selectivo'.

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