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Un informe de la UPV cuestiona la planta de residuos de Alcoy

El proceso para construcción de un Centro de Transferencia de Residuos Sólidos Urbanos en la Partida de Sant Benet en Alcoy no se adecúa al Plan General de Ordenación Urbana de Alcoy e infringe la legislación vigente en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Éstas son algunas de las conclusiones de un informe realizado por el profesor de la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) Miguel Rodilla. Este doctor en biología confirma una de las principales denuncias de los vecinos afectados por la construcción de la planta: que el estudio de impacto ambiental es una burda copia del Plan Especial Director de Usos e Infraestructuras del Área Parque Temático Benidorm-Finestrat, al tiempo que denuncia la gravedad de que no se hayan tenido en cuenta los efectos de la descomposición de residuos para la población de Alcoy.

Miguel Rodilla, profesor titular del Departamento de Ingeniería Hidráulica y Medio Ambiente de la UPV, concluye que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) realizado para la construcción de una planta de residuos en Alcoy, cuya primera piedra se colocó el pasado mes de julio, 'carece de cualquier capacidad de predicción de impactos' en su construcción y funcionamiento posterior. Rodilla llega a afirmar que 'la ubicación de esta planta en los terrenos municipales se ha llevado a cabo por el interés del Ayuntamiento de conseguir, posteriormente, el beneplácito de la consejería en el aumento de terreno de carácter industrial'. Se da la circunstancia de que los viales de acceso a la planta se construirán en un área contigua de 200.000 metros cuadrados que ha homologado el Ayuntamiento para construir el polígono industrial El Clérigo (EL PAÍS, 13 de agosto 2001).

El informe de la UPV denuncia que a la vista de las coincidencias está claro que el autor del EIA de la planta de residuos de Alcoy, Francisco José Olivares Zarzosa, lo 'ha copiado' del plan especial del parque temático. (EL PAIS 17 de septiembre 2001). Añade que la declaración de impacto ambiental favorable que emitió la Consejería de Medio Ambiente en mayo de 2000 'no tiene en cuenta consideraciones ambientales fundamentales en este tipo de proyecto, probablemente porque acepta un estudio de impacto ambiental incorrecto sin haber detectado irregularidades'. En su informe el profesor de la UPV califica como 'muy grave' que la Dirección General de Planificación y Gestión del Medio, que emite la valoración de impacto favorable, no haya detectado ni una de las irregularidades tan notables.

Graves omisiones

Estas irregularidades que desglosa Miguel Rodilla en su informe son el incumplimiento del Reglamento de Industrias Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y del Plan General de Ordenación Urbana de Alcoy. El informe establece que se han omitido estas consideraciones al ubicar la planta a menos de 2.000 metros de un núcleo habitado (se encuentra a 600 metros del Barrio de San Pancracio de Alcoy). Sobre la zona de afección señala que el EIA 'no estudia ni evalúa' los efectos de la ocupación de la planta en el Barranco de San Antonio en que se encuentra.

El informe de la UPV define como 'grave' que en el estudio 'no se ha considerado que el transporte de residuos generaría polvo, olores, gases combustión y ruido'. Añade que tampoco considera los efectos de la descomposición de la materia orgánica en sustancias olorosa y lixiviados sobre la población. Informa que el EIA obvia aspectos como las necesidades de producción de la planta, el volumen de residuos, su procedencia o las previsiones futuras. Al respecto señala que el EIA es poco explícito sobre la compactación de residuos y sólo dice que permitirá una compactación de 73.000 Tm/año sin alternativas viables y justificación de la solución adoptada.

Califica de 'poco serio, incompleto e inaceptable' el inventario ambiental y que el EIA no describa ninguna interacción ecológica ni incluya cartografía alguna. Otro aspecto que aborda es la falta de validez del análisis del impacto sobre la calidad del aire, 'al estar basado en un deficiente estudio de régimen de vientos' y desconocer la distancia entre la planta y el núcleo de población. Tampoco se aporta, dice, el número de camiones que circularan en la fase de construcción y funcionamiento. Concluye con que el Programa de Vigilancia Ambiental presentado 'no cumple los requisitos especificados en la legislación y prácticamente no resulta de utilidad'.

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