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Un informe aboga por aclarar las incompatibilidades de los diputados

Un informe de los servicios jurídicos del Parlamento andaluz aboga por la reforma de la Ley Electoral de Andalucía para resolver de manera definitiva el régimen de incompatibilidades que afecta a los diputados autonómicos, después de que se haya planteado el debate acerca de su presencia en determinados órganos de las cajas de ahorros andaluzas.

En el informe, que será remitido a la Comisión del Estatuto de los Diputados, se señala que el régimen que determina el status del diputado permanece 'hoy igual que en sus inicios', mientras que el intento de 'adecuar el sistema de incompatibilidades a la nueva situación ha tenido un carácter provisional en espera de una modificación de la legislación vigente'.

Se añade que muchas comunidades han resuelto los problemas surgidos en relación con el sistema de incompatibilidades mediante la 'oportuna modificación de sus respectivas leyes electorales'. 'Aunque este tema de las incompatibilidades requiere la adopción de decisiones políticas no siempre fáciles de concernir directamente a quienes han de adoptarlas, ello no puede ser un impedimento insalvable para proceder a su necesaria modificación mediante la oportuna reforma legislativa', indican los servicios jurídicos de la Cámara.

Mandato estatutario

En el informe, que consta de 25 páginas, los servicios jurídicos del Parlamento consideran que es 'necesario proceder a una reforma de la Ley Electoral de Andalucía en lo que se refiere al régimen de incompatibilidades de los diputados andaluces a fin de dar cumplimiento al mandato estatutario' y solventar los problemas que existen.

En el informe se recogen algunas consideraciones en torno a las posibles modificaciones del actual régimen de incompatibilidades de los parlamentarios andaluces, tanto con el sector público como con el privado.

Al hablar de las incompatibilidades con el sector público, se hace mención a la 'dificultad que supone identificar como de fundación pública o privada a algunas cajas como consecuencia de la desaparición de las personas privadas como entidad fundadora', un elemento diferenciador que, según los Servicios Jurídicos, 'ha devenido en obsoleto por cuanto del mismo no se deduce una mayor o menor vinculación con el poder público, sino que vendrá dada por la mayor o menor capacidad de dicho poder a ejercer una influencia dominantes en la adopción de decisiones por parte de la entidad'.

Como conclusiones, en el informe se indica que las incompatibilidades que puedan establecerse en relación al sector público deben aplicarse 'a todos los diputados cualquiera que sea su régimen económico, al tratarse de causas que afectan a los valores constitucionales de separación de poderes y autonomía de las cámaras'.

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