_
_
_
_
OPINIÓN DEL LECTOR
Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Ciudadanas de segunda clase

¿Cómo es posible que en el siglo XXI se aplique a las mujeres una ley de 1954 por la cual se les retira su nacionalidad de nacimiento por el delito de haberse casado con un extranjero antes de 1975 (año en que fue derogada esta misma ley)?

La ley en cuestión, que se recoge en el artículo 23 del Código Civil, decía: 'Las españolas casadas con extranjeros pierden la nacionalidad española y adquieren la del marido', y más tarde fue modificada por otra que decía: 'Pierden la nacionalidad española las casadas con extranjeros cuando la ley nacional del marido atribuye a la esposa su nacionalidad por matrimonio'. Esta ley nunca fue puesta en conocimiento de las mujeres que iban a contraer matrimonio.

Esta ley fue derogada en 1975, pero de hecho la Administración española no aplicó esta norma en el 99% de los casos, ni siquiera cuando estaba vigente, lo que permitió a estas mujeres, sus hijos y en muchos casos sus maridos (nacionalizados españoles) ejercer durante todos estos años sus derechos y obligaciones con el Estado español.

En enero del 2000, José Luis Pardo Cuerdo, cónsul español en Jordania, recién llegado a su puesto, decidió no renovar los pasaportes a las españolas residentes en este país en aplicación de la Ley 23 del Código Civil de 1954, a pesar de que durante todos estos años se les había permitido, a ellas y a sus familias, renovar su D.N.I., su pasaporte, votar en las elecciones españolas, mandar a sus hijos al servicio militar español, y votar, incluso, la Constitución de 1975 que derogaba la susodicha ley, sin que se les advirtiera de su situación de 'extranjeras/os'. Es decir, se les permitió cumplir con sus obligaciones durante todos estos años y ahora se les niega el más elemental de sus derechos: la nacionalidad, a la cual nunca renunciaron.

Esta discriminatoria situación fue llevada al Senado español, el día 24 de octubre de 2000, por la senadora Fátima Aburto, que puso énfasis en los desfasados artículos 25 y 26 de la Ley de Registro Civil derogados por la Constitución y que aún no se han modificado por la insistencia del PP en la necesidad de hacer una nueva ley, cosa que aún no ha hecho.

En esta sesión se aportó una posible solución alternativa mientras se elabora la nueva ley, utilizando el margen legal permitido en el sentido más generoso posible sin dejar la decisión en manos del libre albedrío del cónsul en cuestión para evitar situaciones tan angustiosas como las que están viviendo estas mujeres en Jordania, ya que podrían perder incluso a sus hijos/as y bienes, tanto en Jordania como en España, en caso de divorcio.

La falta de información a estas mujeres sobre la pérdida de su nacionalidad les impidió poner remedio a esta situación hasta que ya fue un hecho consumado. Algunas preguntas que deberíamos hacernos son:

¿Se hubiera aplicado esta ley en caso de que los afectados hubieran sido hombres?

¿Son legales los gobiernos elegidos en las votaciones en las que participaron estas personas sin ser españolas?

Y el referéndum de la OTAN, ¿fue legal siendo votado por no españoles?

¿Y la propia Constitución, votada en estas mismas condiciones, es legal?

¿Tiene, la aplicación de esta ley en estos precisos momentos, algo que ver con que estas mujeres estén casadas con palestinos que poseen nacionalidad jordana? Pues resulta muy sospechoso que en plena matanza del pueblo palestino, y sabiendo como piensa y actúa el ministro Piqué y el gobierno en el poder al respecto, se aplique esta ley de castigo contra mujeres cuyo 'delito' ha sido casarse con palestinos jordanos.

Apelamos a la inteligencia y a la ética del Senado y del Parlamento españoles para que superen la limitación de las leyes y apliquen el sentido común en defensa de las personas y contra los abusos extemporáneos de leyes obsoletas y discriminatorias, ya que las leyes deben proteger a las personas y a la sociedad, y no al contrario.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_