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El Constitucional ampara a una seguidora de la secta Ceis contra 'Interviú'

Fomentar la promiscuidad sexual no supone perder la reserva sobre el cuerpo, dice el fallo

El TC sentenció el día 2 de julio que el reportaje de Interviú, que llevaba como subtítulo Barcelona: la Secta Ceis y Niños de Dios acusadas de prostitución y corrupción de menores, supuso una vulneración del derecho a la intimidad y a la imagen de Elena Riera Blume, seguidora de Ceis (Centro Esotérico de Investigaciones). El reportaje se ilustraba con dos grandes fotografías en las que la recurrente apareció desnuda, además de con notas manuscritas que reproducían un supuesto diario suyo y referencias a contactos sexuales con distintos hombres. Estas notas se publicaron con el título Diario íntimo de una prostituta de Ceis.

La sentencia del TC, de la que fue ponente el magistrado Carlos Viver Pi-Suyner, anula otra del Tribunal Supremo, y sostiene que 'ni la circunstancia de pertenecer a una secta que fomenta la promiscuidad sexual de sus miembros conlleva que la demandante de amparo haya perdido el poder de reserva sobre partes íntimas de su cuerpo, ni tampoco puede considerarse en este caso que la referida intromisión pueda ampararse en la existencia de un bien o derecho fundamental merecedor de mayor protección: no la merece el alegado derecho a comunicar información, ya que resulta claro que carece de interés público digno de protección la difusión de las fotografías en las que aparece el cuerpo desnudo de la recurrente', afirma el alto tribunal.

Elena Riera reclamaba una indemnización de 100 millones de pesetas, que la Audiencia Provincial de Barcelona, en el fallo anulado más tarde por el Supremo, rebajó a un millón. Tanto las fotografías como el diario se publicaron sin el consentimiento de la demandante, y fueron incautadas por la policía durante un registro en el domicilio de Elena Riera, que inició también un pleito para recuperar esos objetos personales, llegando a interponer un recurso ante la Comisión Europea de Derechos Humanos. También ganó ese pleito.

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