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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Convidado de piedra

El Partido Popular y el PSOE parecen aproximar sus posturas en el controvertido tema de la elección de vocales del Consejo General del Poder Judicial. Pero, de momento, sólo en apariencia. La última fórmula conocida del PP atribuye al Parlamento un inaceptable papel de convidado de piedra, asignándole una mera función de refrendo de los 12 vocales previamente elegidos por el cuerpo electoral de jueces y magistrados.

El PP quiere acabar con el sistema de cuotas -el reparto entre los partidos políticos de los vocales del órgano de gobierno de la judicatura-, pero mediante una fórmula que no se ve cómo puede encajar en nuestro sistema constitucional. A primera vista, se trataría de un arreglo cosmético para disimular en lo posible, con el aval del Parlamento, el retorno a la elección corporativa de la mayoría de los vocales del Consejo. El riesgo de las cuotas partidarias queda eliminado, pero se cae en las no menos dañinas cuotas judiciales (vocales de tal o cual asociación o sector judicial), como hubo ocasión de comprobar en el primer Consejo Judicial, entre 1980 y 1985.

Los partidos políticos, a través de sus grupos parlamentarios, pueden y deben compartir su iniciativa con los colectivos judiciales en el proceso de selección de candidatos, pero el Parlamento no puede compartir su soberanía. El PSOE propone que los jueces propongan el triple o más de candidatos para las 12 plazas de vocales de la carrera judicial, para que el Parlamento elija entre ellos. No se trata de un 'modelo híbrido', como ha señalado la Asociación Profesional de la Magistratura. Se mantiene la elección parlamentaria, pero expurgada de las prácticas que propician la reserva de cuotas por los partidos. Si lo que se quiere es diluir la marca partidaria de esa elección, la participación de los colectivos judiciales en la presentación de candidatos sirve eficazmente a ese objetivo. Se limitan manejos de los partidos, pero sin cuestionar la soberanía del Parlamento, haciéndole desempeñar un papel meramente legitimador de lo que eligen otros.

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