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El Tribunal Superior descarta intervenir contra los 'okupas' de Lavapiés pese a estar autoinculpado un diputado

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido, en un auto notificado esta semana, que la causa penal abierta contra los okupas de El Laboratorio II, un edificio privado que llevaba 22 años vacío en la plaza de Cabestreros (Lavapiés), no es de su competencia. La Audiencia Provincial suspendió el 2 de abril el desalojo de estos jóvenes, ordenada de forma 'inmediata' por el Juzgado de Instrucción 43 a instancias suyas, porque, al estar autoinculpado en la causa el diputado regional de IU Juan Ramón Sanz, quería saber si el caso debía dirimirlo el alto tribunal.

Pero el Tribunal Superior considera que el tema no le compete, porque 'no es posible afirmar la intervención del diputado, ni a título de autor ni de partícipe, en la infracción penal que motiva la causa'. Ahora, el caso vuelve al Juzgado 43, que deberá decidir de nuevo si ordena el desalojo.

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Sanz, pese a estar autoinculpado como okupa en esta causa, no ha sido llamado a declarar por los jueces. Pero sí lo hizo, ante el Juzgado 43, la ex diputada nacional de IU Ángeles Maestro, que aseguró que ambos 'acudieron al edificio para participar en charlas y encuentros'. El Tribunal considera, sin embargo, que 'la entrada y estancia puntual en un edificio de ajena pertenencia son insuficientes' para considerar el hecho un delito de usurpación, castigado en el Código Penal con multas de tres a seis meses sustituibles por arresto de fin de semana en caso de impago.

El diputado de IU, siguen los jueces, 'se limitó a dar apoyo al acto de ocupación mediante la entrada al edificio con un numeroso grupo de personas y acudió después a charlas y encuentros, hechos que no son ni ocupación material del inmueble ni manifiesta intención de poseerlo'.

Los okupas recuerdan que el Tribunal Superior archivó en 1999 el proceso por la okupación de El Laboratorio I -en Embajadores, 68- seguido contra 604 autoinculpados, entre ellos cuatro diputados de IU. Los magistrados consideraron que esas personas no cometieron delito alguno porque su finalidad era 'de carácter político', para denunciar la existencia de fincas vacías durante años.

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