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El Supremo anula por tercera vez una sentencia por la violación de una niña

El tribunal considera que hubo 'graves irregularidades' procesales

El País

El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia de Barcelona que repita el juicio contra un hombre acusado de violar a una niña, hija de su compañera sentimental, y que dicte una cuarta sentencia del caso que sea ajustada a derecho porque las otras tres anteriores contenían 'graves irregularidades' procesales y de redacción. El Supremo considera que la actuación de la Sección Octava de la Audiencia de Barcelona que dictó esas sentencias anuladas revela un 'preocupante desconocimiento de la regulación procesal sobre la forma de redactar las sentencias'.

Los hechos que ahora deberán juzgarse de nuevo se produjeron hace más de 10 años. La compañera sentimental de Elías A. R. denunció en 1991 que éste violó a la hija de la mujer cuando la niña tenía entre 9 y 12 años. El caso se juzgó en marzo de 1995 y el tribunal, presidido por la magistrada María José Inés Martínez Álvarez, dictó una sentencia que absolvía al acusado de los delitos de agresión sexual y corrupción de menores al considerar que los hechos habían prescrito. El hombre, vecino de la localidad barcelonesa de Vallirana, también estaba acusado de violación y estupro, delitos de los que igualmente acabó absuelto, pero por falta de pruebas.

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El abogado de la víctima recurrió y el Tribunal Supremo le dio la razón al ordenar a la Audiencia de Barcelona que dictase una nueva sentencia ante la 'falta de claridad' de la primera. La Sección Octava acató esa decisión y en mayo de 1997 volvió a dictar una sentencia absolutoria en la que introdujo un nuevo hecho probado. El abogado volvió a recurrir y el Supremo le dio de nuevo la razón, porque no se había celebrado un nuevo juicio y, por tanto, los hechos relatados de la primera sentencia no debían alterarse. De ahí que el Supremo considerase que esa segunda sentencia 'traspasa totalmente el quebrantamiento de forma que se había declarado'. Por eso, ordenó de nuevo que la Audiencia de Barcelona volviera a dictar otra sentencia que, además de estar bien fundamentada jurídicamente, no tuviera 'incorrecciones gramaticales' como la segunda.

Otro tribunal

Pero nada de eso ocurrió y la historia se volvió a repetir. En marzo de 1999 la Audiencia de Barcelona emitió una tercera sentencia absolutoria en la que se introducían otra vez nuevos hechos probados sin repetir el juicio. Por eso, el Supremo ha vuelto a anular la sentencia y constata que 'son graves las irregularidades' que resultan de la lectura de las tres resoluciones. El Tribunal Supremo ordena que se forme un nuevo tribunal integrado por otros jueces y que se celebre un nuevo juicio. También pide que los jueces consideren 'el excesivo retraso en la solución definitiva del enjuiciamiento'. La niña tiene ahora 22 años y deberá rememorar ante un tribunal unos hechos ocurridos hace más de una década.

'Las sucesivas sentencias a la primera no se limitan a sanar la falta de claridad, sino que hacen un nuevo relato de hechos distinto del anterior, sin un previo juicio, lo que viene vedado por el ordenamiento procesal' indica el Supremo en su última sentencia.

Todas las sentencias anuladas en estos años fueron redactadas por la magistrada María José Inés Martínez, actualmente magistrada de la Sección Quinta de la misma Audiencia de Barcelona. Esta juez estuvo inculpada hace dos años en una querella que presentó la fiscalía por un supuesto delito de prevaricación contra todo el tribunal de la Sección Octava por archivar indebidamente un caso de delito fiscal. Al final, la juez no se sentó en el banquillo, pero el presidente del tribunal, Santiago Raposo, fue condenado a 10 años de inhabilitación.

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