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Un tribunal rechaza que se exija a un insumiso la renuncia a sus ideas

Once jóvenes antimilitaristas cumplen condena por delito militar

Miguel González

El auto del tribunal militar, dictado el pasado 12 de enero pero notificado ayer, rebate uno por uno los argumentos que utilizaron el director de la prisión y el juez de vigilancia para negar al joven el beneficio penitenciario. Confirma la vigencia del artículo 24 del reglamento penitenciario, cuestionada por aquéllos; rechaza por 'excesiva' la interpretación de que la exigencia de 'buena conducta' implique un comportamiento particularmente positivo y merecedor de menciones, y no la mera ausencia de notas negativas en su expediente; pero, sobre todo, sostiene que la reinserción no implica la renuncia a las ideas antimilitaristas.

Para negar la solicitud del preso, el coronel jefe de la prisión alegó que, 'si bien [Juan Carlos Pérez Barranco] había participado en las actividades de reeducación y reinserción del establecimiento, el tratamiento rehabilitador había tenido escaso éxito, al seguir manteniendo que en defensa de sus ideas, en el marco de un Estado Social y Democrático de Derecho, es legítimo incumplir las normas, en lugar de acudir a los cauces que establece nuestro actual sistema normativo'.

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Por el contrario, el tribunal estima que la reinserción no se basa 'en la renuncia a las propias ideas del tipo que sean', sino en 'un juicio de previsibilidad de que el interno en libertad no volverá a delinquir y presumiblemente se integrará de pleno en la sociedad'. En el caso del insumiso, agrega, las posibilidades de que vuelva a cometer un delito de deserción 'parecen remotas', pues la condena le ha eximido del servicio militar, 'y se puede suponer con fundamento que a su salida de prisión se integrará socialmente sin más problemas'.

Por tanto, el tribunal ordena al director de la prisión que aplique al recluso el adelantamiento de la libertad condicional que considere oportuno, en función de las otras circunstancias, con un tope máximo de cuatro meses.

Juan Carlos Pérez Barranco es uno de los 12 jóvenes antimilitaristas que siguen en prisión, a pesar de que el servicio militar obligatorio está dando sus últimas boqueadas, pues expirará el próximo 31 de diciembre, y de que la negativa a cumplir la mili ya sólo está sancionada con inhabilitación. Ello se debe a que estos jóvenes, que participaron en la campaña Insumisión en los cuarteles, se declararon insumisos tras ingresar en filas, por lo que han sido condenados por un delito de deserción, que el Código Penal Militar pena con dos años y cuatro meses de cárcel.

En la prisión militar de Alcalá de Henares hay cinco reclusos antimilitaristas en régimen cerrado: cuatro por deserción y uno por allanamiento de instalación militar. Otros seis -entre ellos Juan Carlos Pérez Barranco-, están ya en tercer grado y sólo acuden a la cárcel para pernoctar. Finalmente, otro insumiso en tercer grado cumple condena en la prisión provincial de Pamplona.

La lista, hasta completar unos 25 afectados, incluye a otros cuatro antimilitaristas que ya han cumplido sus condena por deserción, cuatro más que han accedido a la libertad condicional y entre cuatro y seis en situación de busca y captura; unos pendientes de juicio y otros con orden de ingreso en prisión.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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