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Costes real y efectivo

La Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) recoge una distinción entre lo que denomina coste real y coste efectivo de las transferencias de las competencias del Estado a las comunidades autónomas, que permitía cierto margen de maniobra a los ejecutivos autonómicos que asumían por primera vez responsabilidades en la prestación de servicios públicos.

Años después de ocupar la presidencia de la Generalitat y después de haber apoyado el actual modelo de financiación autonómica resulta sorprendente que el PP invoque esa terminología para justificar la negociación con el Gobierno central de convenios específicos para dotar las arcas de la Hacienda autonómica al margen de los presupuestos.

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Una fuente del PP, sugiere, sin embargo, que la Sanidad es 'una competencia dinámica' y que es lógico esgrimir la diferencia entre el coste de la prestación del servicio y la dotación de fondos que el Estado estima cuando elabora los presupuestos.

El libro sobre financiación autonómica dirigido por Vicente Martínez Pujalte, portavoz de Hacienda del PP en el Congreso de los Diputados, que fue editado por Bancaixa el año pasado, dedica un breve capítulo a la noción de 'coste efectivo' de las transferencias y subraya que la redacción de la LOFCA sugiere que corresponde al Estado asumir el coste de las inversiones en infraestructuras que alberguen los servicios públicos.

La reflexión parece dirigida a sostener las actuales negociaciones entre el Consell y el Gobierno e insiste en subrayar la indefinición de la responsabilidad administrativa sobre 'los gastos de inversión' aparejados a la prestación de servicios públicos.

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