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JUSTICIA

Un juez busca propiedades de Ruiz-Mateos para embargarle 36.400 millones

La deuda corresponde a irregularidades y desvío de fondos en empresas británicas de Rumasa

Un juzgado de Majadahonda (Madrid) está buscando bienes a nombre de José María Ruiz-Mateos desde hace tres meses para hacer frente a una reclamación de más de 36.400 millones de pesetas. La deuda responde a una condena de un tribunal londinense por irregularidades y desvío de fondos en empresas británicas de Rumasa. La orden de embargo ha coincidido con una sentencia del Supremo que sanciona la corrección de las valoraciones aplicadas en la expropiación de Rumasa y que prácticamente cierra la puerta a su pretensión de obtener una indemnización de tres billones.

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El embargo por vía de apremio y sin previo requerimiento de pago, ordenado por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Majadahonda, responde en última instancia a la ejecución de una sentencia de la Sala de Equidad del Tribunal Superior de Justicia de Londres, de fecha 11 de diciembre de 1986, que condenó a José María Ruiz-Mateos a abonar a Rumasa SA, la entidad que gestiona el grupo expropiado del mismo nombre, la cantidad de 63 millones de dólares en el pleito planteado por la propiedad del Grupo Multinvest.

La deuda se incrementa cada día que pasa sin ser satisfecha en 5,29 millones de pesetas, pero las autoridades -aunque existe un grupo de empresas, algunas muy conocidas por la publicidad de sus productos, vinculadas a un grupo denominado nueva Rumasa y a la familia Ruiz-Mateos- no encuentran bienes que figuren directamente a su nombre y puedan ser embargados.

La burla a la justicia, de la que habla en su sentencia de 1986 el juez londinense, continúa 14 años después. Ruiz-Mateos pretendió sin éxito hurtar de la expropiación de Rumasa a Multinvest, un holding que englobaba las empresas de la llamada Rumasa Internacional, dependientes de sociedades inglesas, mediante acciones en los tribunales del Reino Unido.

La sentencia del juez Gibson, además de reconocer a favor del Estado español la propiedad de Multinvest y de condenar a Ruiz-Mateos, describe las prácticas irregulares, esencialmente en materias de créditos, llevadas a cabo por el empresario en torno a estas compañías: grandes sumas de divisas extranjeras supuestamente prestadas por bancos españoles de Rumasa en 1982 a las mismas y que nunca llegaron a su destino (en su mayoría pasaron a cuentas en un banco suizo, Nordfinanz AG, de Zúrich, a nombre de MNV).

Gibson habia calificado ya de mendaz la postura de Ruiz-Mateos en un fallo previo, en octubre de ese año, por su negativa a reconocer 'que ciertos documentos referentes a la autorización de los préstamos se habían hallado en su poder, custodia o control'.

En la sentencia definitiva lo recuerda y agrega: 'habiendo ya examinado todas las pruebas en esta demanda, puedo ir más lejos. No me queda ninguna duda que el señor Ruiz Mateos ha preferido deliberadamente burlarse de sus obligaciones de hacer la debida revelación conforme a las Reglas de Suprema Corte y tras sucesivas órdenes de este Tribunal...'. 'Es evidente' que 'sólo el señor Ruiz-Mateos tenía la autoridad para aprobar los préstamos', agrega la sentencia, y que sabía que éstos 'no se concedían para suministrar dinero a los prestatarios sino para otras finalidades...'.

El incumplimiento de esta condena por parte de Ruiz-Mateos, y la proverbial lentitud de la justicia española, han hecho que hasta el 18 de julio de 2000 la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo no haya dictado un auto otorgando el 'exequatur' (su vigencia y aplicación en España) a la sentencia del juez londinense.

El auto, que confirma en todos los extremos dicha sentencia y la utilización que en beneficio personal hacía de Rumasa su entonces presidente, señala que Ruiz-Mateos deberá pagar a la actual Rumasa: 53.777.106,02 dólares; 9.146,561,12 francos suizos y 13.300.647,09 marcos alemanes. Cantidades que, al cambio actual, más los intereses devengados (desde 1986 a la fecha de este auto) y costas del pleito inglés suponen una cifra superior a los 36.400 millones de pesetas.

El juzgado de Majadahonda, a petición de la parte acreedora y a la vista del auto del Supremo, declaró primero la ejecutividad del fallo del Tribunal Superior de Londres y, posteriormente, ante la falta de respuesta del condenado, el embargo por vía ejecutiva de sus bienes.

El empresario también ha sido condenado en EE UU a pagar 100 millones de pesetas a sus abogados, tras pleitear sin éxito contra el Estado español por los derechos de la marca de jerez Dry Sack en aquel mercado. Y en España, la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia del 14 de enero de 1998, condenó también a Ruiz Mateos y a Domingo López Alonso, 'como autores' de 'un delito de estafa procesal en grado de frustración' a la pena 'de cuatro meses de arresto mayor'.

Ruiz-Mateos ha logrado eludir, sin embargo, el grueso de las responsabilidades penales por su actuación en Rumasa. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el 12 de junio de 1997, acordó archivar el caso y absolver a los procesados por falta de pruebas.

El sumario tenía poco que ver con las instrucciones iniciales del juez Lerga y la fiscal Tagle. Las argucias del empresario -incluida su fuga y extradicción, renuncias a sus abogados en el último momento y cambios de jurisdicción tras ser elegido eurodiputado-, los cambios de legislación, y la exclusión del presunto delito de estafa, adelgazaron a lo largo de 14 años el sumario y demoraron el juicio.

Las pretensiones iniciales de juzgarle por revalorización ficticia patrimonial (350.000 millones), fraude a Hacienda (17.549 millones) y a la Seguridad Social (10.774 millones), falsificación de documentos, evasión de divisas e injurias al Rey, se han saldado finalmente en una absolución, aunque la sentencia describe algunas irregularidades delictivas sobre las que no se pronuncia el fallo al no estar en la petición del fiscal.

El empresario José María Ruiz-Mateos, en su despacho.
El empresario José María Ruiz-Mateos, en su despacho.LUIS MAGÁN

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