El coche del directivo no desgrava a la empresa
La fiscalidad del automóvil que la empresa compra, adquiere o alquila a través de un arrendamiento financiero y luego entrega a un directivo no puede considerarse como deducible, según una reciente resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC). El TEAC argumenta que el gasto de un automóvil para uso privado no tiene carácter necesario para la obtención de ingresos y además no es un bien que esté ligado a la actividad de la empresa.
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