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EN PORTADA

Demasiadas sutilezas en el reparto de los costes de transición a la competencia

Rato vuelve al método vigente hasta 1999 para pagar los CTC, antes de que Josep Piqué garantizara la titulización de un billón de pesetas en la Ley de Acompañamiento

Jesús Mota

El viernes 2 de febrero, cuando la fusión de Endesa e Iberdrola todavía era posible, Rodrigo Rato anunció que el Gobierno modificaba el método mediante el cual las empresas eléctricas iban a percibir los 1,3 billones adjudicados en concepto de costes de transición a la competencia (CTC). El método vigente era el de percepción por tarifa -el 4,5% del arancel eléctrico-; a partir de ese momento, el procedimiento sería el que los técnicos conocen como 'liquidación por diferencias'. Aunque los CTC fueron desde el principio de su formulación algo oscuro y de difícil comprensión por el ciudadano, hay que decir que el cambio de método es muy importante. Modifica las expectativas de ingresos de las empresas eléctricas y parece un sistema que puede ser analizado con más benevolencia por la Comisión Europea, que parecía muy decidida a bloquear tan controvertidas ayudas.

- El método de diferencias. Hasta 1999 fue el procedimiento utilizado para retribuir a las compañías eléctricas, y será el que se aplique a partir de ahora en virtud del decreto de 3 de febrero de este año. Funciona de la siguiente manera: la Comisión Nacional de la Energía (CNE) recibe las declaraciones de las empresas sobre los ingresos obtenidos cada mes por la venta de electricidad, ingresos que dependen lógicamente del precio y del volumen de kilovatios vendidos; desde ese momento, la CNE distribuye los porcentajes que corresponden a la Empresa Nacional de Residuos (Enresa), al operador del mercado (OMEL, la empresa encargada de casar las ofertas y las demandas de electricidad), a la Comisión de la Energía, a Enusa y se ingresa en una cuenta el 3,54% de cuota correspondiente al fondo de titulización de la moratoria nuclear; para repartir la cantidad que resta se pregunta al operador del sistema (Omel) cuál ha sido el precio medio del mercado durante el mes y cuánto se han gastado las empresas distribuidoras para atender las compras de energía que después deben vender a tarifa; se restan esas cantidades, así como los costes de distribución, y la cantidad que resta es la que se atribuye a los CTC.

En este sistema, el precio de la electricidad es determinante de la retribución que perciben las empresas por los CTC, porque cuando el precio aumenta mucho por encima de las seis pesetas fijadas como precio objetivo de la electricidad, sin que al mismo tiempo aumente el volumen de kilovatios vendidos, las eléctricas se quedan sin los CTC, porque la retribución por compra de energía se lleva todo el dinero. El mecanismo es, pues, beneficioso para el incipiente mercado eléctrico y es una de las diferencias sustanciales con el modelo californiano, donde no juega el precio como resorte de las compensaciones percibidas.

- El sistema del 4,5%. A finales de 1998, Josep Piqué, con el apoyo de Convergència i Unió, introdujo una enmienda en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos que permitía a las empresas eléctricas, a cambio de una quita de 250.000 millones en la cantidad global de los CTC, titulizar hasta un billón de pesetas de los CTC y dejar pendiente de cobro el resto, otros 350.000 millones de pesetas aproximadamente. Además se establecía que las empresas cobrarían el dinero debido por tales costes a través de una afectación del 4,5% de la tarifa eléctrica. El procedimiento del 4,5% implicaba que las compañías retiraban automáticamente el 4,5% de los ingresos, 'pase lo que pase'. Es decir, el 4,5% se retiraba de forma inmediata, con prioridad similar a la de Enresa, Omel, Enusa o la Comisión. Después de pagar todas las cargas fijas queda un resto de dinero que se reparte para liquidar por diferencias.

El inconveniente principal de este sistema es que no tiene en cuenta el precio. Las compañías generadoras pueden subir el precio del kilovatio sin que tal circunstancia limite el dinero que reciben por los CTC. Como puede apreciarse en el cuadro adjunto, cuando el método del 4,5% se puso en funcionamiento, las eléctricas se apresuraron a llevarse el dinero de los CTC por la vía directa. En el año 2000 se produjo una paradoja: como el precio de la electricidad subió tanto (hasta 6,91 pesetas por kilovatio por hora), no había caja ni siquiera para pagar todo lo debido por el 4,5% de los CTC; de ahí que el sistema compute un déficit de casi 75.000 millones de pesetas, que las empresas tienen apuntado como una especie de pagarés que deberán recibir en el futuro.

- Las tarifas no bajan. El consumidor no se va a beneficiar del cambio de retribución de los CTC porque las tarifas no bajarán. Cambia el sistema de reparto, pero la cantidad que se reparte es la misma. Tan sólo en el caso de que se suprimieran los CTC bajaría la tarifa eléctrica.

El sistema de retribución por diferencia tiene dos efectos. El primero es que, al eliminar el 4,5%, no se reconoce el derecho de las compañías eléctricas a titulizar el billón de pesetas, puesto que no tienen garantizada una cantidad fija. La consecuencia inmediata de esta pérdida del derecho es que la Comisión Europea, que tiene abierto un expediente para examinar la legalidad de los CTC, puede suavizar su posición política. Para las eléctricas significa incertidumbre sobre sus ingresos futuros y, por tanto, sobre sus cuentas de resultados.

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