Defensa dejó sin asistencia a un cabo en vísperas de que le quitaran un riñón
La polémica sobre el llamado síndrome de los Balcanes ha hecho aflorar la desprotección de los soldados españoles desde el punto vista sanitario y social. Pero el problema no se limita a los veteranos de las operaciones de paz y a las eventuales consecuencias para su salud del uranio empobrecido, sino que afecta a los casi 80.000 efectivos de la nueva tropa profesional, cuya falta de cobertura carece de paragón en cualquier otro colectivo laboral.
Un ejemplo de esta situación es el protagonizado por el ex cabo Enrique Rabassa Esteban, natural de Madrid, de 31 años. El 30 de noviembre de 1999 concluyó su contrato con el Ejército, en el que había ingresado como soldado profesional en 1994. Desde el 15 de octubre de ese año se encontraba de baja, debido a un cólico nefrítico, que reveló la existencia de un problema de atrofia en el riñón izquierdo, que le fue finalmente extirpado el 22 de febrero de 2000.
Si Enrique Rabassa hubiera trabajado en cualquier empresa española, habría seguido percibiendo sus retribuciones, con cargo a la Seguridad Social, a partir del 30 de noviembre y hasta su alta definitiva.
Sin embargo, Defensa se desentendió de su situación a partir de esa fecha y le comunicó que, si quería mantener el tratamiento médico que recibía por parte del Instituto de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, debía abonar de su bolsillo las correspondientes cuotas. El importe de las mismas, unas 12.000 pesetas mensuales, triplicaba además lo que pagaba cuando estaba en activo, pues también debía hacer frente a la cuota patronal.
Rabassa asegura que se encontraba incapacitado para buscar trabajo, ya que llevaba permanentemente una bolsa para el drenaje del riñón, y que tuvo que pedir dinero prestado para pagar el seguro médico, pues tardó varios meses en percibir el subsidio de desempleo.
El ex cabo presentó un recurso a Defensa pidiendo que se le prorrogase el contrato y la prestación sanitaria hasta la fecha del alta médica, como establece la Ley del Régimen del Personal Militar de 1999.
La respuesta que recibió, el pasado 12 de diciembre, es que no le correspondía ese derecho, pues su enfermedad no fue 'apreciada por la Sanidad Militar, única competente para ello'. Rabassa alega que le atendió el urólogo del seguro médico contratado por el Instituto para la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y que ningún mando, cuando llevó la baja a su unidad, el Regimiento de Infantería Acorazada 61, con base en El Goloso (Madrid), le indicó que debía presentarse ante un tribunal médico, lo que en todo caso no estaba en su mano decidir.
A la vista de la intervención quirúrgica practicada en la clínica La Milagrosa de Madrid, concluye, no cabían dudas sobre la gravedad de su dolencia.
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