El Constitucional ampara a un guardia civil que recurrió un arresto
La Sala primera del Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el auto del juzgado togado militar de San Fernando (Cádiz) que negaba el derecho de habeas corpus (derecho a que un tribunal juzgue si un arresto es legal) a un guardia civil de la agrupación de tráfico de Cádiz, J. M. L., quien previamente había sido expedientado con un mes y medio de arresto en establecimiento disciplinario militar, sanción que cumplió en Sevilla. La sentencia ampara al guardia y reconoce "su derecho a la libertad personal". El juzgado militar le había denegado el habeas corpus al entender que la sanción, impuesta por el instructor de su expediente en el seno de la Guardia Civil, emanaba "de la autoridad competente y dentro de los límites legalmente establecidos en la ley orgánica del régimen Disciplinario de la Guardia Civil". El fallo de TC cuenta con dos votos particulares contrarios a la anulación. El origen del caso se halla en la propuesta de un sargento de Tráfico de Cádiz, para la aplicación de dos faltas leves a J. M. L por "la inexactitud en el cumplimiento de las órdenes recibidas" y en "la falta de respeto a los superiores y, en especial, las razones descompuestas y réplicas desatentas". J. M. L. pertenece a la directiva de Cádiz de la asociación Coproper.
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