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El juez impone penas mínimas para 33 de los 38 'okupas' del cine Princesa

La ocupación del cine Princesa de Barcelona que se produjo hace cuatro años finalizó ayer su periplo por los tribunales con una sentencia condenatoria para 33 de los 38 acusados. El titular del Juzgado de lo Penal número 1, Salvador Camarena, les ha impuesto sendas penas de 18.000 pesetas de multa por un delito de usurpación y seis meses y un día de cárcel por desobediencia a la policía a consecuencia de los graves disturbios que se produjeron durante el desalojo, el 28 de octubre de 1996.Las condenas son las mínimas que prevé el Código Penal para esos delitos, pero los abogados de la defensa ya anunciaron ayer que recurrirían ante la Audiencia de Barcelona. Tres de los condenados son menores de edad y el juez les ha rebajado las condenas a 9.000 pesetas y 30 fines de semana de arresto. En cuanto a los cinco jóvenes que han sido absueltos, el juez razona que ha adoptado esta decisión porque o bien fueron detenidos por la policía fuera del cine Princesa o porque desconocían la lengua y se encontraban en estado etílico, lo que les impidió saber que la policía les estaba instando a desalojar el cine. La empresa propietaria del local había solicitado esa medida ante otro juez distinto y ésta había sido estimada.

Las defensas argumentaron que algunos de los jóvenes se encontraban en el cine Princesa porque carecían de otra vivienda y que desobedecieron la orden de desalojo de la policía a causa de la violencia empleada por los agentes. Sin embargo, el juez desestima estos recursos al considerar que no puede invocarse este "estado de necesidad o miedo insuperable". La sentencia también rechaza que se produjera vulneración de derechos fundamentales de los acusados en la tramitación del proceso y desestima la inconstitucionalidad del artículo 245 del Código Penal que condena la ocupación. En este sentido, tampoco atiende la petición de aplicar la ley con carácter retroactivo, pues cuando se inició la ocupación en marzo de 1996, todavía no estaba en vigor el Código Penal.

El juez admite que en casos similares se han dictado sentencias absolutorias, pero explica que ha condenado para dar cumplimiento a la ley y a la voluntad expresada en su día por las Cortes al tipificar esta conducta.

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