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Nueve años de inhabilitación para un agente de Tráfico por quedarse con el dinero de una multa

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro meses de arresto y nueve años de inhabilitación que impuso la Audiencia de Zamora a un guardia civil de tráfico por malversación de caudales públicos, al cobrar y apropiarse el importe de una multa, del que no facilitó recibo al supuesto infractor. El origen de este caso fue la detención, en agosto de 1995, por el guardia civil de tráfico Óscar Pablo Martínez Campos, de un conductor francés, a quien el agente le comunicó que iba a denunciarle por no respetar un ceda el paso y por permitir que viajase su hija de 12 años en el asiento delantero. El guardia civil reclamó 50.000 pesetas de multa, a lo que el conductor contestó que sólo tenía 400 francos (unas 10.000 pesetas). El agente manifestó que, en ese caso, no podría darle recibo e inmediatamente cobró los 400 francos, que se quedó sin formalizar la denuncia reglamentaria.

Por tales hechos declarados probados, la Audiencia de Zamora le impuso en 1998 una condena por malversación de caudales públicos de cuatro meses de arresto y nueve años de inhabilitación, así como el abono de las 10.000 pesetas al Estado. Recurrió en casación al Supremo, que ahora niega que se haya vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del condenado.

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