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24 juzgados de Barcelona están cubiertos por jueces sustitutos y seis se encuentran vacantes

Treinta de los 172 juzgados de todas las jurisdicciones que hay en la ciudad de Barcelona no tienen juez titular. La situación no es nueva, sino que viene de lejos, pero nunca había adquirido las dimensiones actuales. Veinticuatro de estos juzgados sin titular están cubiertos por jueces sustitutos, pero quedan otros seis en los que la única solución consiste en que un juez asuma, además de sus casos, los del juzgado ajeno. El Colegio de Abogados de Barcelona considera que la mayoría de los jueces sustitutos no tienen la formación necesaria para poder ejercer esa función.

Críticas de los abogados

Los 30 juzgados que actualmente no tienen titular -uno de cada seis de los que hay en la ciudad- no son los mismos que hace unos meses, ni los que serán dentro de unas semanas, pero el problema es que cuando se cubren las plazas, sea con juez sustituto o mediante concurso, ya se han producido nuevas vacantes porque otros jueces titulares han cambiado de destino. Y así sucesivamente.La diferencia y la gravedad de la situación actual están en que ya no hay más jueces sustitutos de los que echar mano para abordar provisionalmente la situación. El juez decano de Barcelona ha solicitado de manera urgente que se cubran las vacantes en los cuatro juzgados que no tienen juez y en otros dos cuyos titulares estarán de baja por enfermedad durante un tiempo.

Las escasas competencias que actualmente tiene la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ni siquiera permiten que pueda efectuar esos nombramientos, sino que ha de realizar una propuesta que después ha de ser avalada por el Consejo General del Poder Judicial. De esta manera, una decisión que en cualquier ámbito de la Administración se podría tomar en cuestión de horas, en el campo de la justicia requiere semanas.

Así se explica que de 30 jueces sustitutos que nombró el Poder Judicial hace meses, sólo 24 llegaron a ejercer, por diversos motivos. Los jueces sustitutos son propuestos por el TSJC a través de un concurso de méritos entre juristas, en su gran mayoría ex abogados.

Actualmente en Barcelona se encuentran sin juez el Juzgado de lo Penal número 2, el de Instrucción número 17, el de Primera Instancia número 5 y el de lo Social número 12. A ellos se suman el de Instrucción número 28 y el de lo Penal número 15, cuyos titulares están de baja por enfermedad.

El decano Joaquim Bayo recuerda que cuando tomó posesión del cargo, en 1997, los órganos judiciales sin titular no llegaban a la veintena.

En opinión de Bayo, el nombramiento de un juez sustituto no comporta ningún perjuicio para el ciudadano porque se trata de un juez con las mismas facultades que un titular. Sin embargo, el vicedecano del Colegio de Abogados de Barcelona, Joan Maria Xiol, no opina igual: "Salvo excepciones, que las hay, la gran mayoría de los jueces sustitutos dejan mucho que desear, porque no tienen la formación necesaria para ese cometido", afirma. Pese a todo, opina que "como mal menor siempre es preferible un juez sustituto a un juzgado vacío, pero el tema de fondo es que no se crean las plazas necesarias para que la justicia funcione con normalidad". Xiol apostilla que "ésa es una reivindicación histórica y, como tal, llegará el momento en que el deseo se haga realidad".Joaquim Bayo, por su parte, explica que la solución definitiva sería aplicar la experiencia de otros países en los que cada juzgado no es en sí mismo un compartimento estanco, como sucede en España, sino que existe una plantilla de jueces que forman un único tribunal y que se reparten el trabajo de forma proporcional. De esta manera, si hay una vacante, se produce un ligero incremento de trabajo que es asumido entre todos los jueces, y no por uno solo como ocurre aquí.

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