La justicia avala que se prohíba un acto antifascista en la plaza Països Catalans
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dictó ayer una sentencia en la que avala la decisión de la Delegación del Gobierno de prohibir a la Plataforma Antifascista que el 12 de octubre celebre un acto en la plaza de los Països Catalans, en el barrio de Sants de Barcelona. Los jueces razonan que si se mantuviera el escenario solicitado se corre el riesgo de que se reproduzcan los disturbios ocurridos el año pasado, cuando un grupo de manifestantes rompió lunas y escaparates en 34 comercios de la zona.
"Razones fundadas"
La delegada del Gobierno en Cataluña, Julia García Valdecasas, acordó que la Plataforma Antifascista trasladase su manifestación a la plaza de Joan Peiró, en el mismo barrio de Sants, y prohibió expresamente su celebración en la plaza de los Països Catalans. Igualmente, Valdecasas prohibió que ese mismo escenario acogiese un acto de grupos ultraderechistas y acordó su traslado a la plaza de Sant Jordi, en Montjuïc.El Centro cívico de Sants y la denominada Plataforma Cívica por un 12 de Octubre en Libertad recurrieron ante el TSJC el cambio de escenario y la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo celebró ayer la vista del recurso por la mañana y dictó sentencia por la tarde. Los jueces dan la razón al abogado del Estado y a la fiscalía, quienes habían solicitado que se mantuviera la decisión gubernativa del cambio de escenario para la Plataforma Antifascita. Los grupos ultras no recurrieron la parte de la decisión que les afecta.
El Tribunal Superior recuerda en su sentencia que la ley reguladora del derecho de reunión, que data de 1983, autoriza a la Administración a prohibir una reunión o manifestación si se "considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes". Los jueces matizan que el derecho de manifestación no es "un derecho absoluto", sino que debe ser compatible con los derechos del resto de los ciudadanos.
Por tanto, el TSJC entiende que existen "razones fundadas, es decir, motivadas" de que puedan producirse alteraciones del orden público con peligro para las personas y los bienes, teniendo en cuenta que grupos de "ideologías enfrentadas" habían solicitado el mismo escenario. La sentencia recuerda que el expediente tramitado por la Delegación del Gobierno incluye los informes elaborados por la policía nacional y la Guardia Urbana sobre los disturbios ocurridos el año pasado.Pese a dar la razón a la Delegación del Gobierno, el TSJC recuerda que García Valdecasas debería haber resuelto el caso con más antelación, porque la ley le obliga a hacerlo con un mínimo de 10 días naturales de antelación. Sin embargo, ese hecho no invalida la decisión adoptada. La Plataforma Antifascista ha previsto que el denominado Encuentro por la justicia social y el respeto entre culturas se inicie la tarde del día 11 con una acampada y la instalación de diversas paradas, y culmine al día sigüiente con la celebración de una manifestación.
Un portavoz de la Delegación del Gobierno calificó ayer de "lógica" la decisión judicial y reclamó que los grupos políticos que piden la prohibición de la manifestación ultraderechista aclaren "si realmente lo que quieren es un marco legal más restrictivo de derechos". El mismo portavoz pidió "responsabilidad" a los manifestantes de ambos signos y que no se realicen "valoraciones demagógicas que puedan caldear innecesariamente el ambiente en una jornada siempre complicada", para que no se produzcan disturbios.
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