Un tribunal condena a los hijos a mantener a una madre separada
La Audiencia de Barcelona ha condenado a unos hijos a mantener económicamente a su madre porque carece de trabajo y de medios propios después de la separación de su marido, que dejó de pagarle la obligada pensión de alimentos. La decisión de la Sección 18 ha ratificado la que en su día dictó un juzgado de primera instancia y contra la que recurrió uno de los hijos alegando falta de medios para contribuir a la manutención de la madre. En el caso de este hijo, el tribunal tiene en cuenta su edad, sus ingresos y sus posibilidades reales de trabajar para fijar su contribución en la cantidad de 7.500 pesetas mensuales, una cifra que, según la Sala, "no puede calificarse ni mucho menos de excesiva".La madre que reclamó la ayuda se separó de su esposo en octubre de 1988 y, en la actualidad, su ex marido está en paradero desconocido, por lo que ha incumplido su obligación de pagar la pensión de alimentos. Además, concurre la especial circunstancia de que la mujer, por motivos de salud, no puede trabajar. El tribunal indica en su sentencia que, a la hora de hacer una reclamación de alimentos, que incluye el vestido, los medicamentos u otros bienes de primera necesidad, el primero en prestarla debe ser el cónyuge y, si no es posible, como en este caso, los hijos.
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