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El Poder Judicial propone que se pueda recusar a jueces que han tenido cargos políticos

La propuesta de sancionar disciplinariamente a los jueces que muestren notoria "incompetencia para el ejercicio de la función jurisdiccional" y a los que reincidan en conductas infractoras figura entre las 107 remitidas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a las Cortes y al Gobierno para la reforma de la Justicia. Dentro también del capítulo dedicado a la carrera judicial, el CGPJ propone endurecer el régimen de las incompatibilidades y establecer una nueva causa de recusación contra los jueces por haber desempeñado cargos políticos o hecho manifestaciones públicas. El órgano de gobierno de los jueces plantea la reforma del régimen disciplinario, que considera deficiente por la defectuosa definición de las conductas infractoras y la poca agilidad del procedimiento sancionador.

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El Consejo General del Poder Judicial propone que se sancionen actitudes de los jueces "que merecen reproche disciplinario y en la actualidad carecen de él", tales como la reiteración en las conductas infractoras o residir fuera del término municipal sin autorización, así como incurrir en "actuaciones que constituyan manifestaciones notorias de incompetencia para el ejercicio de la función jurisdiccional".También plantea el CGPJ imponer sanciones por infracción de las normas sobre las incompatibilidades, como "el ejercicio de actividades prohibidas, [el] ejercicio sin autorización de actividades necesitadas de la misma, faltar a la verdad en la solicitud o falsear datos en ella".

Las propuestas del Consejo en materia de incompatibilidades se fundamentan en criterios de transparencia respecto a las actividades públicas o privadas "susceptibles de afectar a la independencia judicial". Será además obligatorio "efectuar [una] declaración anual de actividades que", aunque compatibles, "sean remuneradas".

Siempre según el Consejo, el juez o magistrado que haya desempeñado cargos políticos o de confianza "no podrá ser nombrado para cargo judicial alguno cuya designación tenga carácter discrecional por parte del CGPJ, durante diez años".

Otra de sus propuestas es que el juez deba abstenerse o pueda ser recusado para que se aparte del conocimiento de determinado asunto "bien por sus manifestaciones públicas o como consecuencia de los cargos políticos que haya desempeñado".

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Para instruir los expedientes disciplinarios, el Consejo propone crear un Servicio Técnico de Instrucción del propio órganismo que, a su vez, apruebe un reglamento de procedimiento disciplinario de la carrera judicial. La instrucción de los expedientes disciplinarios por este nuevo servicio acabaría con su actual instrucción a cargo de los jueces.

Cuatro vocales -Enrique Arnaldo, Margarita Retuerto, Francisco Monterde y Manuel Damián Álvarez- discrepan de esta propuesta por estimar el sistema de instrucción judicial "mucho más adecuado a los requerimientos de garantía de independencia objetiva y subjetiva de los instructores".

Otra propuesta novedosa es que la ley defina "con mayor precisión la incapacidad física o psíquica para el ejercicio de la función jurisdiccional, de acuerdo con las específicas exigencias de ésta". En el procedimiento de incapacitación, "la valoración médica corresponderá a un tribunal médico especializado, dotado de independencia técnica, previos los necesarios reconocimientos psicofísicos a los que deberá someterse el interesado".

Los cuatro vocales antes mencionados, así como Emilio Olabarría, discrepan igualmente de la propuesta, aprobada a iniciativa de Javier Moscoso, de que los jueces, los magistrados y los fiscales en activo no puedan pertenecer "a organizaciones secretas o que funcionen sin transparencia pública, (...) que puedan generar vínculos de disciplina u obediencia ajenos a los mandatos del ordenamiento jurídico constitucional".

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