La juez absuelve de un delito de injurias a los autores del libro 'El 23-F en Cataluña'
Los periodistas Andreu Farràs y Pere Cullell, autores del libro El 23-F en Cataluña, han sido absueltos del delito de injurias graves del que habían sido acusados por Beltrán Gómez Alba, quien durante la intentona golpista de 1981 era el jefe de los Mossos d'Esquadra.La titular del Juzgado de lo Penal número 18 de Barcelona, Araceli Aiguaviva, ha absuelto a los dos escritores, para quienes Gómez Alba, militar de carrera, pidió una multa de 21 millones de pesetas , 90 millones de indemnización y dos años de inhabilitación para ejercer como periodistas. La fiscal solicitaba multas de 600.000 pesetas y el pago de una indemnización de 10 millones por un delito de injurias con publicidad y temerario menosprecio de la verdad.
Gómez Alba se querelló contra Cullell y Farràs al sentir atacado su honor por varias expresiones recogidas en el libro. En él se explica que el 23 de febrero de 1981 Gómez Alba fue a Capitanía, se puso a disposición del capitán general, Antonio Pascual Galmes, y le dijo: "La mayoría [en alusión a las personalidades políticas catalanas, incluido Jordi Pujol] están en el Palau de la Generalitat. Si queréis, los cazo allí mismo". El militar explicó en el juicio que lo que más le dolió fue que se pusieran estas palabras en su boca.
Gómez Alba, a quien también se atribuye la orden de armar aquel día a los Mossos para inmovilizar al Gobierno catalán, situó estas frases en el mar de "rumores" que circularon en aquella época para "desprestigiar" a los Mossos, "porque", añadió, "había mucha gente que no les quería como policía autonómica".
La juez rebate al denunciante citando al militar e historiador Gabriel Cardona, quien en el juicio dijo que "el grueso del Ejército en 1981 tenía un perfil poco democrático". Además no ve delito en el hecho de que se diga que Gómez Alba, que era capitán del Ejército, fue a Capitanía y se puso a disposición de un superior y que armó a los Mossos, lo que, según la juez, podría suponer "una medida de precaución digna de quien comanda un cuerpo policial".
La magistrada considera que en la publicación de una información, en este caso en la forma de libro, "no es exigible tener una certeza absoluta, sino que tan sólo cabe exigir una actuación diligente y con buena fe". En la sentencia se argumenta que si bien es cierto que nadie oyó a Gómez Alba pronunciar aquellas palabras, los periodistas "consultaron más de una fuente, no silenciaron versiones contradictorias y no publicaron simples rumores sin comprobación previa".
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