Bruselas denuncia a España por el control "injustificado" de empresas privatizadas
La Comisión Europea denunció ayer al Reino de España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) por el recurso "injustificado" a la acción de oro, mecanismo que reserva a los Gobiernos el privilegio de vetar operaciones en empresas privatizadas, como ha sido la frustrada fusión de Telefónica con la firma holandesa KPN. La vicepresidenta de la Comisión, Loyola de Palacio, no logró persuadir a sus colegas para forzar un aplazamiento de la denuncia. Como mal menor, consiguió que los comisarios respaldaran la apertura de un debate sobre la legalidad de la acción de oro en la UE, aunque sin fecha.
La propuesta del comisario de Mercado Interior, el holandés Frederik Bolkestein, triunfó y España fue denunciada. "Determinadas disposiciones de la legislación española referentes a la inversión en determinadas empresas privatizadas constituyen restricciones injustificadas a la libre circulación de capitales y al derecho de establecimiento contrarias al Tratado de la UE (artículos 56 y 43)", afirmó la Comisión en un comunicado al término de la reunión del Colegio celebrada ayer por la mañana en Estrasburgo. Esta tesis tira por tierra los argumentos esgrimidos desde el Gobierno en el sentido de que nunca llegó a vetar la operación entre Telefónica y KPN. La decisión de Bruselas se refiere a toda la legislación y no a un caso concreto, aunque haya sido este caso el que avivó la reacción. España no es el primer país que Bruselas lleva al Tribunal de Luxemburgo por la aplicación abusiva del controvertido mecanismo. La Comisión ya ha abierto procedimientos de infracción contra Bélgica, Dinamarca, Francia, Italia, Portugal, Alemania, Reino Unido y Holanda (este país ayer mismo por mantener la acción de oro en la propia KPN y en TNT Post), aunque sólo cuatro de ellos (Bélgica, Francia, Portugal e Italia) han sido ya llevados directamente al Tribunal. En el caso de Bélgica, por su aplicación en la distribución de gas y agua; en el de Francia, por impedir que la italiana ENI entrara en Elf Aquitaine, y en el de Portugal, por la legislación en general, como ocurre ahora con España. El caso italiano ha llegado a mayores, ya que la sentencia condenaba al país por su actuación en el ENI y en Telecom Italia.
Cuatro condiciones
Una directiva de 1997 observa que el recurso a la acción de oro debe cumplir cuatro condiciones: aplicarse sin discriminación, estar justificado por razones imperiosas de interés general, garantizar la realización del objetivo que persigue y no ir más allá de lo necesario para lograr el objetivo definido.En el caso español, la Comisión considera que los derechos especiales de la ley nacional de 1995 "no se justifican con arreglo a requisitos y, por consiguiente, son incompatibles con las normas del Tratado de la UE sobre la libre circulación de capitales y el derecho de establecimiento". Además, Bruselas estima "insatisfactorias" las respuestas dadas por las autoridades españolas al respecto después de que hace ahora un año se instruyera un procedimiento de infracción por el recurso a la acción de oro en casos ligados a las compañías Telefónica, Endesa, Tabacalera, Indra, Argentaria (integrada en el BBVA) y Repsol.
"La Comisión considera que, aunque el objetivo de proteger ciertas actividades económicas puede ser aceptable en casos específicos, el uso de las facultades especiales previstas por la legislación española es excesivo para lograr estos objetivos y que el interés público podía haberse perseguido mejor con soluciones alternativas menos restrictivas", afirmó el Ejecutivo comunitario.
De Palacio sólo logró que la Comisión se comprometiera a abrir un debate que estaba condenado al fracaso ante los argumentos de Bolkestein, respaldados por la casi totalidad de los 20 comisarios, salvo una "tímida comprensión" por parte de la comisaria verde alemana Michaela Schreyer. La ex ministra española aseguró a los informadores que tuvo el respaldo "de tres o cuatro colegas". Fuentes comunitarias afirmaron que fue "derrotada prácticamente en todas sus pretensiones". "Quiso aplazar la denuncia y no encontró eco; pretendió que el debate sobre la revisión de la acción de oro tuviera un carácter más político y tampoco lo consiguió", explicó una fuente cercana al Ejecutivo.
Paradójicamente, el autor espiritual de la ley española sobre la acción de oro, Pedro Solbes, estuvo ausente de la sala en la que se celebró el debate por encontrarse en el pleno del Parlamento con el presidente del BCE, Wim Duisenberg. El actual comisario de Asuntos Económicos y Monetarios ha manifestado, no obstante, que sintoniza con el espíritu disconforme de los expertos sobre el uso de la acción de oro (golden share en inglés).
La comisaria minimizó los efectos de la denuncia. "Es debido sobre todo a la indefinición de la legislación española", aseguró. También resaltó la importancia de arrancar un acuerdo de sus colegas "para que lo más pronto posible, en septiembre probablemente, se abra un debate en el seno de la Comisión sobre la golden share". El recurso a la acción de oro "no es contrario al Derecho comunitario ni está prohibido". "Lo que hay que hacer es encontrar una solución más concreta que evite que se den casos de que una empresa pública privatizada pueda pasar a manos de otro Estado", añadió en referencia a la abortada fusión Telefónica-KPN.
De Palacio negó que se hubiera movido por intereses de partido. Pero no ocultó su fastidio ante el presidente de la Comisión, Romano Prodi, por cómo había sido reflejada la discusión en el comunicado oficial de la reunión: "Se destaca que se lleva a España ante el Tribunal de Luxemburgo, pero no se menciona para nada que vayamos a debatir la legislación", le dijo en francés.
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