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El Congreso tramitará de urgencia la ratificación del Tribunal Penal Internacional

El Consejo de Ministros celebrado ayer acordó enviar a las Cortes el proyecto de Ley Orgánica por el que se autoriza que España ratifique el Estatuto del Tribunal Penal Internacional (TPI), firmado en Roma en julio de 1998, para su tramitación por el procedimiento de urgencia. El Gobierno remite el proyecto una vez que se han disipado, en principio, las dudas que existían sobre la necesidad de reformar la Constitución para suscribir el Estatuto del TPI. El informe del Consejo de Estado al respecto detectaba cuatro posibles puntos que podrían dar lugar a la inconstitucionalidad de la ratificación del Estatuto si no se reformaba la ley fundamental española. Así, el artículo 27 del Estatuto establece la responsabilidad penal de los jefes de Estado, pero la Constitución fija la inviolabilidad e inimputabilidad del Rey. El informe del Consejo de Estado salva esta contradicción con el argumento de que la no sujección del Rey a responsabilidad legal "implica la responsabilidad y consiguiente imputabilidad de quien refrenda sus actos, por lo que se salva así la inviolabilidad del Rey sin limitar la competencia de la Corte Internacional".

El segundo escollo que surgía, el aforamiento de los parlamentarios, también se puede salvar sin tocar la Constitución ya que, en opinión del Consejo de Estado, "las prerogativas de los parlamentarios son un límite de derecho interno a las competencias del Poder Ejecutivo y que se aplica enfunción de la división de poderes, pero, en ningún caso deben ser vistos como privilegios de carácter personal".

Respecto al dilema sobre si la potestad exclusiva de los tribunales españoles para juzgar los delitos cometidos por ciudadanos españoles que establece la Constitución colisionaba con las competencias del Tribunal Penal Internacional, el mismo informe señala que el mismo hecho de que la ratificación del Estatuto del TPI se tramite por ley "ampara la cesión del ejercicio jurisdiccional en favor de la Corte Internacional , pero además, tiene un carácter complementario, subsidiario, siempre de la jurisdicción penal española".

Por último, el Estatuto del TPI contempla la aplicación de la pena de cadena perpetua, no comtemplada en el ordenamiento jurídico español. El informe del Consejo de Estado encuentra también una solución a este posible conflicto. Se propone la inclusión de una disposición adicional según la cual España recibirá personas condenadas por el TPI a condición de que la duración de la pena impuesta no exceda del periodo máximo de cumplimiento permitido pro la legislación penal española.

Sólo Italia entre los países de la Unión Europea ha ratificado ya el Estatuto y Bélgica y Francia lo harán próximamente al haber concluido ya su tramitación parlamentaria.

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