El supuesto fraude de votos en la Cámara de Comercio de Málaga llega a la Audiencia
El Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga, que investiga las falsificaciones en el voto por correo en las últimas elecciones en la Cámara de Comercio de la provincia, se ha declarado incompetente para seguir con la causa, por lo que ha suspendido el juicio a mitad de las comparecencias y ha remitido las actuaciones a la Audiencia Provincial. La decisión fue adoptada después de que el fiscal elevara a cinco años la pena que reclama para dos notarios involucrados en el caso. Por la magnitud del castigo solicitado, la vista ya no puede celebrarse en un juzgado, sino que debe ser ventilada en la Audiencia. La decisión no es firme, pero si las defensas no presentan recursos o éstos son desestimados, el juicio tendrá que repetirse, pero en la Audiencia Provincial.
En el caso instruido por la juez Carmen Mira, titular del Juzgado de lo Penal número 3, están imputados de un delito continuado de falsedad en documento oficial además de los dos notarios, el ex vicepresidente de la Cámara Francisco Repiso dos antiguos vocales y un miembro del actual pleno.
En el auto en el que declara a su instancia incompetente para seguir el procedimiento, la juez Carmen Mira reconoce que no era el momento procesal oportuno para que el Ministerio Público cambiara su calificación. En el proceso aún faltaban por prestar declaración 122 testigos, pero sin embargo, el fiscal no ha esperado a la lectura de las conclusiones y ha planteado la modificación de su calificación con el argumento de que los fedatarios no incurrieron en una falsedad negligente, sino dolosa.
La magistrada reflexiona en el auto que, en caso de continuar con la vista, se podría producir una "dilación indebida", ya que aunque se celebre el juicio hasta el final, si el Ministerio Público mantiene la nueva calificación, también deberá remitirla a la Audiencia.
El auto niega que se produzca indefensión para los acusados, como sostenían las defensas. La juez afirma que incluso así éstas tendrán la posibilidad de orientar su estrategia a "combatir la pretensión" del fiscal. Tampoco estima la intención de los abogados de los cuatro integrantes de la Cámara que reclamaron que para estos procesados el juicio continuara en el ámbito del juzgado.
La resolución argumenta que dada la conexión entre ambos delitos de falsedad -los supuestamente cometidos por los notarios y en los que habrían incurrido los integrantes de la institución empresarial- no procede su segregación.
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